DD.HH.: solo purgan cárcel común 7 de 58 represores detenidos en Córdoba

El “festival” de prisiones domiciliarias que los beneficia atenta contra un reclamo histórico: “Cárcel común, perpetua y efectiva” para los ejecutores del Terrorismo de Estado.

Ed Impresa31/03/2023Adrián CameranoAdrián Camerano
Represores © el pais
Según la APDH señala que sólo el 12% de los represores condenados y detenidos en Córdoba purga penas en la cárcel.Foto: gentileza.

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El 24 de julio de 2008 fue una jornada histórica en Córdoba y el país: tras la derogación de las leyes de impunidad, el Poder Judicial Federal desarrolló en la provincia el primero de la serie de, hasta el momento, 13 juicios de lesa humanidad. Con el amo y señor de la vida y la muerte en Córdoba y siete de sus cómplices en el banquilllo de los acusados, la condena dictada por el Tribunal Oral Federal N°1 contra Luciano Benjamín Menéndez, Luis Alberto Manzanelli, Carlos Alberto Díaz, Oreste Valentín Padován, Ricardo Alberto Ramón Lardone. Hermes Rodríguez, Jorge Exequiel Acosta y Carlos Alberto Vega fue celebrada como lo que fue y es: un triunfo de la democracia.

A quince años de aquel día, resuena aún la algarabía popular al conocerse la sentencia, y especialmente la disposición de cárcel común y efectiva para esos genocidas. Pero a la fecha solo 7 de los 58 condenados en los 12 procesos finalizados en la provincia y algunos de otras jurisdicciones purga cárcel común; el resto vive en sus casas, rodeados de los suyos.

Un freno al negacionismo

Luis Miguel Baronetto es, además de una referencia en el campo de los Derechos Humanos en Córdoba, de las personas que más ha batallado en la provincia para que se lleven adelante los juicios por delitos de lesa humanidad. A 47 años del Golpe, y en su carácter de copresidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Córdoba, “El Vitín” firmó un informe de la institución que da cuenta del “festival” de domiciliarias que se registra en la provincia. “Esto muestra una faceta de la debilidad de esta democracia de 40 años”, señaló a La Nueva Mañana, y consideró que “como toda institución de esta democracia elegida por el pueblo, este Poder Judicial muestra sus limitaciones, y una de ellas es ésta”. 

El ex director de Derechos Humanos municipal reafirmó “el enorme avance de haber logrado los juicios, cuando no mucha gente creía en esa posibilidad y hubo una decisión política de llevarlos adelante, y esto fue respetado por gran parte del Poder Judicial”. Pero contrapuso: “Que el Poder Judicial haya podido otorgar con amplitud y generosidad este dispendio de libertades domiciliarias a los genocidas es una señal que no hay que seguir acentuando, porque esto está respaldado en decisiones políticas que se han tomado también, algunas felizmente respondidas como aquel 2x1 de la Corte”. 

“Hay que seguir alertas para que no se repitan estos avances políticos, cuando se quiere negar lo que sucedió o se afirma que ´los Derechos Humanos son un curro´; hay que avanzar en nuevos derechos e impedir que el negacionismo retorne desde el poder, a través de las elecciones”, finalizó. 

Basta de genocidas sueltos

Represores 2 © gentileza

A quince años de aquella primera condena en la causa “Brandalisis”, el informe de la APDH señala que sólo el 12% de los represores condenados y detenidos en Córdoba purga penas en dependencias del Servicio Penitenciario provincial. De los 58 condenados, 51 fueron beneficiados con la prisión domiciliaria; de ellos, seis murieron. A la fecha, sólo siete siguen alojados en cárceles comunes. 

En base a información aportada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, el organismo recordó que el beneficio de prisión domiciliaria alcanzó en su momento a Menéndez, quien “recibió 15 condenas por delitos de lesa humanidad, de las cuales 13 fueron a prisión o reclusión perpetua”. “Cachorro” está entre los represores fallecidos mientras gozaban de prisión domiciliaria, lo mismo que el general retirado Cristino Nicolaides; el ex comodoro Luis Estrella, el ex jefe de la Policía Alberto Luis Choux, el sargento policial Calixto “Chato” Flores y el ex teniente coronel y quemador de libros Jorge Gorleri.

Sostiene la APDH que “la gravedad del otorgamiento de este tipo de beneficios radica en el riesgo procesal para el desarrollo de las investigaciones en curso, ya que este tipo de personajes, más allá de las dolencias reales o no en su salud, siguen siendo miembros activos del aparato represivo”. Rescata en ese sentido una confesión televisiva de Barreiro en 2014, y sostiene que “no queremos convivir con genocidas sueltos”. “Sabemos que algunos no cumplen con la prisión domiciliaria y no tienen la vigilancia que ameritan los graves crímenes cometidos por ellos”, afirmó el organismo y pidió que el Estado nacional cumpla con los compromisos internacionales, que implican no solo la condena judicial sino su cumplimiento efectivo. 

En estos casos -cree la APDH- “la aplicación de la detención domiciliaria también implica la re victimización de aquellas personas que sufrieron y fueron víctimas directas de genocidas”. 

“Sean estrictos y rigurosos”

La primera semana de abril habrá sentencia en la denominada “Causa Barreiro”, proceso de brevedad récord que echa luz sobre el centro clandestino Quinta de Guiñazú y que tiene en el banquillo a tres ya condenados: Ernesto “Gringo” Barreiro, Carlos “Principito” Villanueva y Carlos “HB” Díaz. Los tres gozan de domiciliaria, y vía teleconferencia escucharon, impertérritos, cómo en los alegatos del 28 la Fiscalía y la querella pedían penas de 24 años de prisión y perpetua, respectivamente.

Esa audiencia previa a la sentencia del 11 de abril, el querellante Claudio Orosz trajo a los tribunales federales un reclamo de los organismos de Derechos Humanos. “Necesitamos el control de las víctimas en la ejecución de las penas”, dijo, en referencia “al cumplimiento de las sanciones, las prisiones domiciliarias, los apartamientos y los pedidos de libertad condicional”. 

Orosz pidió al Tribunal Oral Federal N°2 y por traslación al Poder Judicial todo que “sean estrictos y rigurosos cuando esos beneficios sean solicitados, tratándose de delitos de lesa humanidad, condenados por la comunidad internacional toda”. 

  

 

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