Al menos cien centros de salud ya atienden abortos legales en Córdoba

Hospitales públicos, privados, dispensarios decidieron que cumplirán con lo reglamentado. Funcionarios de Salud están construyendo protocolos para garantizar el acceso a la IVE.

Ed Impresa 12/02/2021 Pilar Ferreyra
Ed 193 © Pito Campos
Ilustración: Daniel "Pito" Campos, para La Nueva Mañana

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Especial para La Nueva Mañana

Hay una realidad que cambió para siempre en todo el territorio nacional. Desde la promulgación de la Ley 27.610 de Acceso a lnterrupción Voluntaria del embarazo (IVE), el 24 de enero de este año, los abortos son voluntarios y legales en la Argentina hasta la semana catorce de gestación. A partir de la semana quince de gestación, el equipo de salud que atiende a la paciente debe explicar los motivos que autorizan la interrupción legal de un embarazo: Uno, que la vida de la paciente esté en riesgo; dos, que el embarazo haya resultado de una violación o tres, que la salud integral de la gestante (física, psicológica y socioambiental) corra peligro en caso que la paciente continúe con el embarazo. Las interrupciones de embarazos que requieren la fundamentación de una causa existen desde 1921, cuando se sancionó el primer Código Penal de nuestro país.

El nuevo escenario de los últimos veinte días alumbró una noticia: profesionales de la salud de Córdoba que trabajan en más de diez hospitales públicos, al menos tres sanatorios privados, en los Centros de Salud de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, en Centros de Atención Integral de la Salud de la Provincia, al menos cuatro dispensarios y un Centro de Salud de la ciudad de Río Cuarto han tomado la decisión de acompañar a las gestantes de 16 y más años con hasta catorce semanas de embarazo en su voluntad de interrumpir el embarazo por el solo hecho de desear hacerlo (ver infografías). Sin tener que dar ninguna explicación. 

Los mismos profesionales están también para atender a las adolescentes menores de entre 13 y 16 años. Esos casos se rigen por el artículo 26 del Código Civil y Comercial, que regula la capacidad de los adolescentes menores para ejercer derechos en actos que se vinculan con sus cuerpos. Por ejemplo, en tratamientos no invasivos, como podría ser un aborto de tipo ambulatorio, para el que cuentan con la posibilidad de dar su consentimiento de manera independiente. Solo en el caso de tratamientos invasivos deben contar con la asistencia de un progenitor o de un representante legal para brindar el consentimiento de la interrupción del embarazo. “Es importante destacar que en todos los casos se debe priorizar el interés de la niña o adolescente, y su derecho a ser oída”, advirtió la abogada Mayca Balaguer, también coordinadora de Asuntos Legales de la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables. 

Mapa aborto legal provincia cordoba
El mapa muestra la cantidad de hospitales públicos, privados y centros de salud que brindan atención en cada departamento de la provincia de Córdoba.

A raíz de la promulgación de la Ley 27.610 (IVE), las autoridades del Ministerio de Salud de la Provincia mantuvieron la semana pasada varias reuniones no presenciales con los directores médicos de los 42 hospitales públicos de Córdoba. El jueves 4 de febrero con los prestadores privados. Y los primeros días de esta semana con funcionarios de Salud de la Municipalidad de Córdoba, que aseguraron que están construyendo un protocolo de “características similares” al de la Provincia. “El objetivo de la red que estamos creando es asegurar la reserva de las condiciones mínimas para las gestantes que deciden la interrupción de un embarazo: trato digno, privacidad, confidencialidad, autonomía de la voluntad, acceso a la información y una prestación de calidad. Estamos trabajando con los hospitales de la provincia, los prestadores privados, los efectores de primer nivel (dispensarios y centros de salud municipales), los de segundo nivel (hospitales) y con los de tercer nivel (alta complejidad)  para promover la creación de protocolos que garanticen los derechos y evitar que la paciente ande dando vueltas por el sistema. El organismo rector es el Ministerio; es por esa razón que estamos haciendo todo lo posible para generar aquellas condiciones para las pacientes”, indicó el doctor Esteban Ruffin, vocero del Programa de Implementación de la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo y de la Ley ILE del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba. ¿Qué es lo que más le preocupa de la implementación de esta red?, preguntó La Nueva Mañana. “Que la paciente se quede sin acceso al derecho y dando vueltas por tratar de hacerlo de manera no convencional”, respondió Ruffin.

La convicción de la mayoría de las personas que acompañaron el proceso de legalización del aborto se fundamentó en los índices de mujeres, sobre todo de bajos ingresos, que murieron en nuestro país a causa de abortos realizados en condiciones clandestinas, extrahospitalarias, no higiénicas y mal practicados. Así también por la cantidad de casos de niñas y adolescentes que fueron madres de hijos que resultaron de violaciones. “La cantidad de embarazos en niñas menores de 16 años es una realidad que debe ser cuestionada. Hay que dar vuelta el mandato de maternidad, porque existen muchos casos de niñas que soportan embarazos forzados con tan solo doce años”, destacó la asistente social Ana Morillo, miembro de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y de la Red de Profesionales de Salud por el Derecho a Decidir.

“La evidencia científica demuestra que cuando se trabaja de manera sostenida a lo largo del tiempo, la prevención de embarazos no deseados aumenta” Alejandra Domínguez

Otro de los factores decisivos para el impulso de la Ley 27.610 fue la experiencia acumulada por los países en los que el aborto es legal hace años. “En aquellos países la mortalidad materna ocasionada por abortos ilegales no existe más. Las mujeres deciden libremente sobre sus cuerpos y el análisis de la historia recorrida demuestra la casi inexistencia de abortos peligrosos. La experiencia transitada por nosotros y en otros países con la interrupción legal del embarazo muestra que la mayoría de los abortos voluntarios van a ocurrir antes de la semana catorce de gestación. La evidencia científica demuestra que cuando se trabaja de manera sostenida a lo largo del tiempo, la prevención de embarazos no deseados aumenta”, compartió Alejandra Domínguez, integrante de la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, y secretaria de Extensión de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). 

Al cierre de este artículo se siguen sumando profesionales de la salud de instituciones cordobesas que conformarán la Red de Interrupción Voluntaria del Embarazo e Interrupción Legal del Embarazo articulada por el Ministerio de Salud de la Provincia.

Ni el Privado, ni el Reina Fabiola ni el Allende

En los últimos días, las autoridades del Hospital Privado, la Clínica Universitaria Reina Fabiola y el Sanatorio Allende de Córdoba emitieron comunicados internos o cartillas para las pacientes, informando que en sus instituciones no se llevarían a cabo interrupciones voluntarias ni legales de embarazos. La Reina Fabiola construyó una cartilla de derivación que indica que allí no se realizarían interrupciones voluntarias ni legales de embarazos, y orientándolas acerca de cuáles serían los hospitales que sí las practican. Un escrito curioso, pues la clínica universitaria parecería haber decidido una metodología original y propia de derivación, en lugar de haber seguido a pies juntillas lo ordenado por la Ley 27.610 (IVE). Consultados por este medio, las autoridades de Reina Fabiola transmitieron que  por el momento “no realizarán entrevistas”.

Por su parte, el área de comunicación del Sanatorio Allende no respondió a ninguno de los tres correos electrónicos enviados entre el 4 y el 9 de febrero por este diario, solicitando información. El director médico del Hospital Privado, el doctor José Revigliono, en cambio, conversó con La Nueva Mañana. Explicó que los profesionales del área de ginecología y obstetricia de su hospital ya contaban con un protocolo. “Nuestro protocolo a cargo únicamente del área de gineco-obstetricia consiste en atender a la paciente, hacerle una ecografía y ocuparnos de tejer el puente de la derivación. Es nuestro profesional el que debe ocuparse de llamar por teléfono y armar la consulta con el profesional del hospital que sí realizará la interrupción del embarazo”, explicó Revigliono.  

Aclaró, no obstante, que en caso de que la vida de una paciente corriera peligro el Privado la atendería, dejando de lado el “ideario” de la institución. 

¿Por qué se menciona la ILE cuando se habla de la IVE? 

La confusión que puede producir la mención de la Ley ILE cuando se habla de la IVE tiene una explicación sencilla. En la elaboración de la Ley 27.610: Interrupción Voluntaria del Embarazo o IVE los legisladores sumaron  la normativa preexistente conocida como Interrupción Legal del Embarazo o ILE: “La Ley 27.610 (IVE) regula el acceso al aborto hasta la semana catorce de manera libre, sin invocar causal; pero también contempla el aborto por causales regulados en el artículo 86 del Código Penal de 1921 renovado por la interpretación de la Corte Suprema de Justicia en el fallo Fal de 2012”, indicó Balaguer. 

Más información:

• Para acceder a una lista actualizada podés visitar la web redsaluddecidir.org.

Centro de Salud - Abortos legales en Córdoba.pdf

  

  

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