En medio de una sesión express, la Legislatura modificó la Ley de Ambiente

El proyecto fue propuesto por la Secretaría de Ambiente y firmado por el gobernador. Organizaciones ambientales denuncian que se beneficia a desarrollistas.

Córdoba 18/08/2022 Consuelo Cabral Consuelo Cabral
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La Legislatura aprobó las modificaciones a los anexos I y II de la Ley 10.208 de Política Ambiental Provincial.

El miércoles, sin consulta previa ni debate de ningún tipo, el Gobierno de Córdoba avanzó a través de la Legislatura en la modificación de la Ley de Ambiente 10.208. El proyecto fue propuesto por la Secretaría de Ambiente de la Provincia, a cargo de Juan Carlos Scotto, y firmado por el Gobernador Juan Schiaretti.

Organizaciones ambientales denunciaron que dichos cambios fueron hechos por la Provincia a espaldas de la ciudadanía, sin cumplir con la información y participación ciudadana impuestos por el Acuerdo de Escazú y violando el Principio de Progresividad impuesto por el artículo 4° de la Ley General del Ambiente 25.675. Y que los verdaderos fines que persigue el oficialismo con la modificación de la norma es beneficiar a proyectos de desarrollo inmobiliario, agrícola y de telefonía celular.

Cabe destacar que la avanzada de la Provincia sobre la Ley de Ambiente se da en el marco de la muerte de bebés en el Hospital Materno Neonatal, de los recientes presuntos abusos sexuales ocurridos en una residencia de Senaf, y del hackeo al sistema informático del Poder Judicial de la Provincia.

Todos hechos de extrema gravedad que no ocurren de forma aislada, sino que son consecuencia de un modelo de gestión atravesado por el desmanejo, el vaciamiento, la tercerización de obligaciones propias del Estado y la precarización laboral. Una avanzada sobre el territorio y el monte nativo, priorizando intereses económicos por sobre los derechos de la ciudadanía y su derecho a vivir en un ambiente saludable. Basta de ejemplo con mencionar las obras de las autovías de Punilla y La Serranita.

Otro elemento clave de dicho modelo de gestión está vinculado al ocultamiento y a la tergiversación de la información. Por eso los dichos de la legisladora oficialista Nadia Fernández  sobre que la modificación de los Anexos I y II de la Ley N° 10.208" busca "actualizar algunos conceptos y adecuarlos al Sistema Legislativo Ambiental de nuestra provincia”, desataron la furia de integrantes de organizaciones ambientales, quienes la acusaron de "mentirosa" y "persona no grata". 

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En su exposición, Fernández destacó que al momento de su sanción, la Ley de Política Ambiental Provincial “fue debatida y consensuada luego de la participación de diversos sectores de la sociedad, siendo aprobada por una amplísima mayoría de este pleno, dado que garantiza ampliamente los principios de derecho ambiental vigentes”.

Sin embargo, los cambios realizados este miércoles no contaron con ningún tipo de debate previo ni fueron comunicados a los sectores de la sociedad que refiere Fernández. Así lo denunciaron al menos desde organización como el Foro Ambiental Córdoba y el Movimiento Verde.

Ambientalistas pedirán el veto de las modificaciones

Desde el Foro Ambiental Córdoba y el Movimiento Verde se manifestaron en contra de las modificaciones hechas a la Ley de Ambiente y adelantaron que pedirán el veto de las mismas.  

"Desde el Foro Ambiental Córdoba solicitaremos formalmente el veto de la ley aprobada ayer 17 de agosto, que reformó  los anexos de la Ley Provincial 10.208", indicó Federico Kopta en diálogo con La Nueva Mañana.

Y explicó que el pedido de veto tiene que ver con que el proceso a través del cual se modificó la ley "no contó con la información y participación ciudadana impuestos por el Acuerdo de Escazú, vigente por ley nacional 27.566. Además, también viola el Principio de Progresividad impuesto por el artículo 4° de la Ley General del Ambiente 25.675. Es agraviante para la ciudadanía porque la información y participación en temas ambientales no es algo opcional, sino obligatorio para el Estado, cosa que desde el poder parece no estar informados por el tratamiento perentorio e inconsulto de esta ley".

En cuanto a las modificaciones aplicadas a la Ley, Kopta señaló que "los cambios hechos a los anexos implican menos exigencias para proyectos relacionados con loteos, antenas de telefonía celular y silos. Por otro lado, también cambió un artículo sobre desmontes".

Resulta agraviante para la ciudadanía que no se haya realizado un proceso de información y participación para la modificación de los anexos de la ley 10208, ya que se trata de una instancia establecida por la Ley Nacional 27.566 que adhirió al Tratado de Escazú. 

En la misma línea se pronunciaron desde el Movimiento Verde, quienes denunciaron que "el Gobierno de Córdoba modificó (desmonto) la ley de ambiente, mediante un tratamiento exprés y sin participación ciudadana".

Y agregaron que "la nueva ley viene a legitimar el desmonte realizado por la obra publica sobre zonas rojas y a impulsar el negocio inmobiliario sin control".

"Por un lado, buscan legitimar el desmonte para las autovías que atraviesan zonas rojas de bosques nativos. Por otro lado flexibilizan los requisitos para aprobar loteos, permitiendo que numerosos emprendimientos inmobiliarios no requieran del Estudio de Impacto Ambiental previo", destacaron.

En ese marco, desde el colectivo encabezado por Pablo Riveros, jefe comunal de Villa Ciudad Parque, denunciaron que "en la Provincia de Córdoba se privilegia el negocio de la obra pública y el negocio inmobiliario en desmedro de nuestro ambiente. Ni los incendios, ni las sequias, ni los lagos y ríos contaminados, ni el aumento desmesurado de los casos de cáncer y enfermedades en las zonas fumigadas, hace reflexionar al gobierno y los legisladores sobre el cuidado del ambiente que debe ser una prioridad y que la naturaleza debe ser también sujeta de derechos". 

Una por una, las modificaciones a la Ley de Ambiente

Según lo publicado por Sala de Prensa Ambiental y documentos a los que accedió La Nueva Mañana las modificaciones a la Ley de Ambiente enumeradas eliminan las exigencias para la presentación obligatoria de Estudios de Impacto Ambiental y convocatorias a Audiencias Públicas para:

-Actividades de desmontes sobre montes protegidos o permanentes (zona roja y amarilla).
-Loteos y planes de vivienda localizados en zonas de bosques protectores permanentes.
-Loteos de más de 10 unidades sin obras de saneamiento básico (cloacas, agua segura, entre otros).
-Loteos y planes de vivienda de más de 3 hectáreas.

Dichas modificaciones también implican:

-Las obras públicas puedan realizar desmontes en zonas rojas. Lo que antes era excepcional ahora pasa a ser la regla.
-Los silos (plantas almacenadoras de granos cuestionadas por la contaminación del aire) inferiores a los 2.500 Tn de capacidad, no necesitarán Estudio de Impacto Ambiental, tan solo un Aviso de Proyecto (declaración jurada).
-A las antenas de telefonía celular se les requerirá Aviso de Proyecto, no Estudio de Impacto Ambiental y solo para medir el impacto de las estructuras portantes. Estos proyectos podrán ser habilitados por los municipios o comunas.
-Podría habilitar la reconsideración de proyectos suspendidos como el de Candonga.
-Permite avanzar sobre los bosques protegidos -y en mejor estado de conservación- con obras públicas, como las de Autovías o Acueducto Santa Fe-Córdoba.
-Permite a los desarrollistas tomar agua para sus emprendimientos de reservas hídricas, avanzando sobre las cabeceras de cuencas y áreas naturales protegidas.

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