
Fallo a favor del pueblo mapuche y contra Bullrich y Gendarmería
Redacción La NUEVA Mañana


En un fallo unánime, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó otro previo de la Cámara Federal de General Roca que había concedido un habeas corpus en favor de la comunidad mapuche de Campo Maripe, donde está ubicada la reserva petrolífera de Vaca Muerta, tras la irrupción de tropas de la Gendarmería en junio de 2017.
Los camaristas rionegrinos habían ordenado “a la Gendarmería, en la persona de la señora ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que observe el deber de abstenerse de intervenir, sin orden escrita emanada de autoridad competente y sin perjuicio de sus funciones como fuerza de prevención general, dentro del territorio ocupado por la comunidad mapuche Lof Campo Maripe y de limitar la libertad corporal y ambulatoria de ninguno de sus miembros”.
De acuerdo a lo publicado por Página 12, los camaristas de Casación ratificaron la resolución que pone un límite al saqueo y destrucción de un territorio estratégico en reservas de petróleo y gas bajo el patrón del extractivismo, y emite una luz roja para frenar los ataques a los grupos aborígenes que lo custodian.
La orden para avanzar sobre los derechos de los mapuche a pedido de la empresa YPF había sido emitida directamente por el entonces jefe de Gabinete del ministerio de Seguridad, Pablo Nocetti. “Sacrificaron libertades individuales en aras de resguardar un interés económico corporativo”, habían dicho los jueces rionegrinos.

La represión de junio de 2017
El 21 de junio de 2017, 60 gendarmes interrumpieron el paso al territorio de la comunidad Campo Maripe, cerrando dos entradas. Los uniformados actuaron con violencia e impidieron que los habitantes de ese territorio pudieran salir de él durante las diez horas que duró el operativo.
El 22 de junio se repitió el mismo operativo, con el argumento de que los uniformados debían proteger las tareas que la empresa YPF estaba cumpliendo en el lugar.
Los efectivos estaban dirigidos por el comandante Jorge Enrique San Emeterio, quien adujo contar con la “orden emanada de un juez federal”. Orden que nunca exhibió.
En ese contexto la Defensoría y la Fiscalía solicitaron la acción de habeas corpus, por considerar que la acción de los gendarmes era “una amenaza a la libertad ambulatoria y de circulación de los afectados en razón del accionar ilegal y carente de sustento en una orden escrita de la autoridad competente”.


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