Hogar de Belén: 7 perpetuas por crímenes de lesa humanidad

Este jueves un tribunal condenó a seis ex policías y un ex ministro por crímenes cometidos durante la última dictadura cívico militar.

País 04/05/2023 Redacción La Nueva Mañana Redacción La Nueva Mañana
Jucio causa Hogar de Belen by Fiscales.gob.ar
Foto: Fiscales.gob.ar.

Un tribunal condenó este jueves a prisión perpetua a seis ex policías y a un ex ministro bonaerense por seis crímenes cometidos en la última dictadura y reparó lo sufrido por los tres hijos de una víctima, al emitir una declaración de verdad y sentenciar a cinco años de cárcel a una ex secretaria judicial por alojarlos en una institución donde sufrieron golpizas y abusos sexuales.

La perpetua fue impuesta al ex ministro de Gobierno bonaerense Jaime Smart y a los ex policías Juan Miguel Wolk, Roberto Guillermo Catinari, Héctor Raúl Francescangeli, Armando Antonio Calabró, Rubén Carlos Chávez y José Augusto López, según el veredicto leído por el presidente del Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de La Plata, José Michilini.

La pena fue por los homicidios de María Florencia Ruival, Vicenta Orrego Meza -madre de los tres hermanos- y José Luis Alvarenga el 15 de marzo de 1977 en una vivienda de la ciudad de Adrogué y de Pedro Juan Berger, Narcisa Adelaida Encinas y Andrés Steketee, al día siguiente, en una casa de Llavallol.

Respecto a la octava imputada, la ex secretaria judicial Nora Pellicer, el TOF1 le impuso una condena de cinco años de prisión como "partícipe necesaria del ocultamiento de un menor de 10 años, en concurso ideal con alteración del estado civil de un menor de 10 años, en tres oportunidades".

Así concluyó hoy el juicio conocido como "Hogar de Belén", por el nombre de la institución de minoridad ubicada en la ciudad de Banfield donde fueron alojados los tres hijos de Orrego Meza, tras ser acribillada a balazos en uno de los dos operativos represivos que juzgó el Tribunal, desde el 4 de marzo de 2022.

Además de estas condenas, los jueces hicieron lugar a una serie de medidas novedosas solicitadas por la Unidad Fiscal que interviene en los procesos por crímenes de lesa humanidad en La Plata.

La Unidad Fiscal había pedido que se emita una declaración de verdad para los hermanos Carlos, Alejandro y María Ester Ramírez; que los diarios corrijan la información brindada sobre los operativos donde murieron las seis personas; que el Hogar donde fueron alojados los niños y que aún está en funcionamiento se convierta en Espacio de Memoria y que el veredicto y sentencia sea traducido a lengua guaraní, ascendencia que tienen los hermanos Ramírez.

Todas estas medidas fueron convalidadas por el Tribunal que además será el órgano encargado de controlar el cumplimiento de estas disposiciones.

El padre de los tres hermanos, también emocionado, recordó que él estaba preso cuando el grupo de tareas rodeó su casa aquel día de marzo de 1977 y abrió fuego contra la propiedad. En esa oportunidad su mujer logró que le permitieran sacar a sus tres hijos de la casa, y cuando retiraba en brazos a Alejandro, de dos años, fue baleada y rematada en el suelo.

"No tenía visitas en la cárcel pero me viene la noticia de que habían atacado mi casa y que mis hijos murieron. Pero yo conocía a mi señora. Yo había soñado que salvó a los niños y eso fue lo que pasó. Yo tenía fe que los chicos estaban vivos", relató, y reconoció que recomponer el vínculo con sus tres hijos, una vez restituidos, no fue fácil ya que entre ellos "ni se hablaban", por la imposición de silencio en la que vivieron en el Hogar de Belén.

El auxiliar fiscal Juan Martín Nogueira celebró el veredicto y destacó la labor de la Unidad Fiscal que "trabajó con mucho intelecto y esfuerzo jurídico, pero también se trabajó con corazón; esta causa necesitaba mucha sensibilidad ante todo lo acontecido".

Destacó que el TOF 1 "hizo lugar a la responsabilidad judicial y por primera vez en juicios de lesa humanidad se condena a una secretaria judicial, lo que abre un precedente en las causas de apropiación".

El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata, que rechazó planteos de extinción penal y nulidades solicitados por la defensa oficial de los imputados, dispuso que los fundamentos de la sentencia sean leídos el 5 de julio a las 18.

"Los hechos resultan constitutivos de lesa humanidad y cometidos en el marco del genocidio perpetrado en la República Argentina desde 1976 hasta 1983 y así deben ser calificados", dijo rotundo el juez Michilini.

Fuente: Télam. 

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