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La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables denunció las violaciones a los derechos de la joven al negarle un aborto.
Córdoba 12/04/2023El pasado 4 de abril, la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) se presentó en carácter de amicus curiae ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la causa “Beatriz vs. El Salvador”, en la que se denuncian las violaciones a los derechos de Beatriz y su familia debido a la prohibición absoluta de la interrupción voluntaria del embarazo en ese país.
Beatriz tenía 22 años en el 2013, cuando reclamó ante la justicia de El Salvador el acceso a un aborto terapéutico, ya que su vida corría riesgo con por cursar un embarazo anencefálico (sin cerebro), sin posibilidades de sobrevida, sumado a una serie de enfermedades previas. El pedido de aborto fue finalmente denegado por los Tribunales salvadoreños.
Ante esta negativa de la Sala Constitucional de ese país, las organizaciones que acompañaban a la joven llevaron el caso al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, y tanto la Comisión como la Corte otorgaron respectivamente medidas cautelares y provisionales. El 3 de junio Beatriz comenzó con trabajo de parto, por lo que debió ser sometida a una cesárea. El feto anencefálico falleció cinco horas después. El hecho tuvo amplia repercusión internacional por la tragedia y vulneración de derechos que significó.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que El Salvador era responsable por la violación de los derechos de Beatriz y recomendó a ese Estado la adopción de medidas para garantizar el acceso real al aborto en situaciones de inviabilidad del feto con la vida extrauterina, y de riesgo de la salud y la vida de la madre. En enero del 2022 el caso fue elevado a la Corte Interamericana de Derecho Humanos.
"Uno de los ejes de nuestro trabajo es la promoción de los derechos humanos de las mujeres y otras identidades, como lo es el derecho a la salud. Además, hemos participado activamente a través de campañas de comunicación y actividades de incidencia política en el proceso de discusión legislativa y posterior sanción de la Ley nacional 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Argentina", indicaron desde Fundeps.
En ese marco, a través de su amicus, además de sostener que ha existido una afectación del derecho humano a la salud a la luz del derecho internacional, la ONG busca aportar su experiencia como organización que trabaja en la temática en Argentina, sosteniendo que la penalización del aborto es una forma de violencia contra las mujeres, y que la criminalización del aborto es una respuesta deficiente por parte de los Estados. Por lo que impera la necesidad de revisar las legislaciones restrictivas existentes aún en otros países de la Región.
"En este sentido se ha demostrado que las leyes que prohíben el aborto no disminuyen la cantidad de abortos que se realizan. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), cerca de 6,5 millones de abortos se realizan anualmente en América Latina y el Caribe, a pesar de que en la mayoría de los países de la región el aborto es ilegal o está fuertemente restringido. La criminalización del aborto solo hace que los procedimientos sean clandestinos e inseguros, lo que pone en riesgo la salud y la vida de las mujeres", agregan desde Fundeps.
Finalmente, desde la ONG concluyeron: "La Corte IDH tiene la oportunidad de establecer un importante precedente en este caso, al confirmar que la criminalización absoluta del aborto es una violación de los derechos humanos y que los Estados tienen la obligación de garantizar el acceso al aborto seguro y legal en ciertas circunstancias. Esperamos que la Corte haga lugar a lo planteado por la Comisión y envíe un mensaje claro a los Estados de la región sobre la necesidad de proteger los derechos humanos de las mujeres y otras identidades con capacidad de gestar".
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