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Este jueves se presentaron 32 oradores de los cuales sólo cinco defendieron el proyecto de urbanización sobre un área de bosque nativo protegido por la Ley provincial.
Córdoba29/12/2017 Redacción La Nueva MañanaEste jueves se realizó la audiencia pública para evaluar el Estudio de Impacto Ambiental del polémico proyecto de urbanización Loteo Yacanto. De los 32 oradores presentes sólo cinco se pronunciaron a favor del proyecto que prevé construir un barrio en una zona de bosque nativo protegido.
La audiencia, que se desarrolló en San Javier, contó con el rechazo de 27 oradores que ampararon su posición en la Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, tal como lo vienen señalando la legisladora Carmen Nebreda (Córdoba Podemos – Partido de la Victoria) y organizaciones ambientalistas.
A su vez, se aprobó el pedido de informe realizado por la legisladora de la oposición y ahora el Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba -a través del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos- deberá informar sobre la situación del Loteo Yacanto.
Desde octubre, diferentes actores sociales, organizaciones ambientalistas y legisladores, como Nebreda, denunciaron que el predio del Valle de Traslasierra donde se pretende urbanizar se encuentra entre las áreas delimitadas como categoría amarillo por el mapa que la Secretaría de Ambiente de la Provincia vectorizó entre 2015 y 2016, en el marco de la ley N° 9814 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos.
Nebreda recordó que el artículo 10 de la normativa provincial establece que "deberán ser conservados los bosques nativos de la Provincia que se encuentren en la zona perteneciente a la Categoría de Conservación I (rojo) y la Categoría de Conservación II (amarillo), y no se permitirá cambio de uso del suelo ni desmonte, con la excepción establecida en el artículo 14 de la presente Ley".
Este último artículo indica algunas excepciones y señala que "en las Categorías de Conservación I (rojo) y II (amarillo) se podrá autorizar la realización de obras públicas, de interés público o de infraestructura. Para el otorgamiento de dicha autorización, la Autoridad de Aplicación deberá, en su caso, someter el pedido a un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y su correspondiente Audiencia Pública".
La legisladora recordó que ningún loteo privado se encuentra en las excepciones establecidas en el art. 14 de la ley 9814 y, por consiguiente, no está permitido el cambio de uso del suelo establecido en el art. 10 para un bosque nativo en Categoría de Conservación II (Amarillo).
Según un expediente, al cual tuvo acceso Nebreda, fechado el 19 de julio de 2017, el Área de Bosque Nativo de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia de Córdoba informa que "en la superficie del predio y especialmente en el área que se pretende intervenir, existen ejemplares arbóreos y arbustivos de porte arbóreo del bosque nativo".
Por otro lado, en un texto referente a la petición de la apertura de calles para la urbanización -fechado el 3 de mayo de 2016 y realizado por el Área de Evaluación de Impacto Ambiental- se consigna que el terreno "se encontraría dentro de la Categoría II (amarillo) de conservación según el Mapa de Ordenamiento de Bosques Nativos".
A pesar de esto, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por la desarrollista sobre terrenos propiedad de la esposa de Oscar González - legislador y presidente de la Unicameral-desconoce de manera reiterada y pertinaz lo señalado, es decir, la existencia acreditada de bosque nativo Categoría II (amarillo) protegido por la Ley 9814.
Esto, según la legisladora, debería haber sido" al menos mínimamente "observado", y rechazado por la Secretaría de Ambiente". A continuación parte de la exposición por parte de la Coordinadora en Defensa del Bosque Nativo (Codebona) a cargo de Fernando Farré Pla:
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