La “Asamblea Santa María Sin Basura” repudió el archivo de la causa Taym

El juez de control Claudio Lasso decidió dar por prescripto el expediente por el desborde y contaminación de marzo de 2017.

Córdoba 10/08/2021 Redacción La Nueva Mañana Redacción La Nueva Mañana
taym inundacion
La inundación y desborde fue en marzo de 2017.

En un comunicado de prensa, la Asamblea Santa María Sin Basura  criticó la decisión del juez de control Lasso de dar por prescripta la causa que investigaba si la empresa Taym había incurrido en contaminación ambiental con residuos peligrosos.

“La prescripción de la Causa contra el Gerente y la Directora Técnica de Taym por contaminación ambiental con residuos peligrosos, dictada el pasado 4 de agosto por el juez de control de Alta Gracia, Claudio Lasso; es un flagrante acto de corrupción e impunidad que atenta contra la vida y la seguridad de todos los cordobeses y agravia los derechos de todos los ciudadanos a gozar de un ambiente sano”, indicaron desde organización social. 

Anteriormente, el fiscal Alejandro Peralta Ottonello había elevado la causa a juicio con dos imputados: César Ernesto Ripsky y María del Milagro Aráos Ferrer, Gerente y Jefa técnica de la Planta Taym del grupo Roggio, por la presunta comisión del delito de contaminación con residuos peligrosos, en el episodio ocurrido el 28 de marzo de 2017.

Desde el colectivo indicaron que en su resolución, “el propio juez Claudio Lasso, al relatar “el hecho”, describe una situación espeluznante: "En la Planta de Taym auditorías previas a la inundación describieron graves y enormes irregularidades, materiales peligrosos arrojados a las celdas sin tratar, materiales peligrosos no autorizados a ser tratados en la planta acopiados en enormes cantidades, lagunas de lixiviados colmatadas, materiales peligrosos ubicados en lugares no autorizados, construcciones nuevas que no tenían licencia de la Secretaría de Ambiente, dónde se operaba con materiales peligrosos; instalaciones que, además, fueron construidas invadiendo la zona de exclusión, lo que hacían prever la salida de materiales peligrosos fuera de la planta”.

Lasso dio por sentado que el día de la inundación y desborde “el agua que salió de Taym arrastró muchos de los residuos peligrosos que se encontraban en la planta (...) conteniendo en todos los casos sustancias tóxicas y/o peligrosas (...) Asimismo el agua –que obviamente contenía sustancias contaminantes para el suelo, la salud, el agua y el ambiente en general- siguió su curso hacia el canal Los Molinos- Córdoba, ingresando en el mismo en grandes cantidades. Agua que siguió su curso en dirección a la planta potabilizadora de Aguas Cordobesas, recorriendo un trayecto de 12.675 metros”.

A la vez, “el ingreso a la Planta potabilizadora puso en riesgo a la población, existiendo un peligro potencial que, al resultar insuficiente el análisis practicado sobre la misma, se asume que pudieron pasar a la red sustancias que no se miden regularmente según protocolo de Aguas Cordobesas”.

Pese a todo ello, Lasso da la causa por prescripta. “Ni el confinamiento social obligatorio producto de la pandemia y sus constatables efectos sobre la administración de justicia, han logrado alterar el curso del plazo de la prescripción penal”, señala el escrito.

“El propio gobernador Schiaretti ha declarado que “caería todo el peso de la ley” sobre los responsables de este desastre ambiental. ¿Qué pasó con su promesa gobernador? En Córdoba no existe la justicia”, cuestionaron desde el colectivo.

“A nadie se le escapa que en este desastre ambiental hay muchos más culpables. ¿Por qué no se investigó ni imputó a estos empresarios que pusieron en grave riesgo la salud de sus usuarios? ¿Por qué no se llamó a declarar a los funcionarios de gobierno encargados de controlarlos? ¿Por qué el gobierno de la ciudad de Córdoba jamás se constituyó como querellante, cuando la mitad de sus habitantes recibió agua contaminada con residuos peligrosos para la salud y el ambiente?”, finalizaron.

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