
La Corte Suprema falló a favor de las clases presenciales en la CABA



La Corte Suprema de Justicia falló a favor de las clases presenciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), con el voto de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.
De este modo, el máximo tribunal del país hizo lugar a la demanda presentada por el gobierno porteño y aseguró que el decreto de necesidad y urgencia que ordenó cerrar las escuelas viola la autonomía de la Capital Federal. Elena Highton de Nolasco, que ya se había manifestado en contra de la competencia originaria del tribunal en este caso, se abstuvo.
La disputa se produjo a partir de la decisión de la Casa Rosada de suspender las clases presenciales en el Área Metropolitana para restringir la circulación de personas en medio de la segunda ola de coronavirus.
El fallo no declara la inconstitucionalidad del decreto porque venció el viernes, pero establece criterios que deben ser tenidos para situaciones similares.
La sentencia se compone de tres votos, todos en el mismo sentido pero con diferentes argumentos y puntos de vista: Maqueda y Rosatti (en conjunto), Rosenkrantz y Lorenzetti. Los magistrados hicieron una fuerte defensa del federalismo y del estatus jurídico de la Ciudad de Buenos Aires, asimilable al de las provincias.
“El debido resguardo del federalismo constitucional exigía que el Estado Nacional justificara de manera suficiente el ejercicio en el caso de su específica competencia sanitaria en relación a la concreta orden de suspender del dictado de clases educativas presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades en la jurisdicción de la actora. En conclusión, en el examen de legalidad, la falta de justificación suficiente para ejercer una competencia sanitaria que alcance a suspender la modalidad presencial de la educación en la Ciudad deja al descubierto que, en este caso, el Estado Federal en lugar de ejercer una atribución propia invadió una que le resulta ajena”, coincidieron Maqueda y Rossatti.
Rosenkrantz, presidente del tribunal, analizó: “Resulta claro que la decisión de si la escolaridad debe realizarse bajo la modalidad presencial o virtual en los establecimientos de educación inicial, primaria y secundaria dependientes de la Ciudad de Buenos Aires o regulados por ella corresponde, en principio, a ese estado y no a la Nación. En ese contexto normativo, la decisión de suspender las clases presenciales en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires adoptada por el Estado Nacional —aun a la luz de la declaración de emergencia— solamente podría validarse constitucionalmente si encontrase respaldo en la facultad exclusiva del Congreso para reglar el comercio de las provincias entre sí (art. 75, inc. 13 de la Constitución) o en las facultades concurrentes del Congreso, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires para promover el bienestar de todas las provincias (art. 75, inc. 18 de la Constitución)”.
Y agrega: “En esta causa, la Ciudad de Buenos Aires ha proporcionado elementos de juicio que indican que el impacto interjurisdiccional de la actividad regulada es meramente conjetural”.
Noticias relacionadas:


El riesgo país en alza: el indicador sube a 675 puntos y alcanza el mayor nivel del año

Un efectivo policial falleció, tras ser atropellado por un tren en barrio Remedios de Escalada

Consejo de la Magistratura | Demarchi: “Somos la representación genuina de los abogados litigantes”

Consejo de la Magistratura | Demarchi: “Somos la representación genuina de los abogados litigantes”

Femicidio en La Plata: detuvieron a un hombre, acusado de asesinar a una mujer de 32 años

Consejo de la Magistratura | Palomino: “La selección está teñida de discrecionalidad y acomodo”

Ajuste: Milei avanza con retiros voluntarios y habilita la eliminación de cargos del Estado

Otra gira: Milei vuelve a viajar al exterior mientras crecen las urgencias económicas

Detienen por robo al padre de Agostina Páez, que estuvo detenida en Brasil por racismo


Crisis de empleo: "Lo único que está creciendo es el cuentapropismo informal"

Brasil promulgó el nuevo régimen laboral: 5 días de trabajo y 2 días de descanso

Un sacerdote murió tras caerle encima una cruz durante la misa

Rescate en Los Hornillos: bomberos asistieron a una corredora que se fracturó en una competencia

Una discusión en barrio General Bustos terminó con un hombre herido de bala








