13 años de cárcel por abusar de su hijastra y de otras dos niñas

El hombre de Sampacho, de 41 años, violó a la hija de su pareja cuando tenía 8 años y manoseó a dos amigas. Los testimonios en Cámara Gessell fueron determinantes.

Córdoba 27/12/2018
abuso sexual
El fallo, además de condenar a B.A.Z. a 13 años de cárcel, ordenó que se incluya su nombre en el registro provincial de delitos sexuales. Foto ilustrativa.

El fallo se conoció el miércoles y fue determinante para un hombre de 41 años, de la localidad de Sampacho, que estaba acusado de abusar sexualmente de tres niñas, una de las cuales era su hijastra.

El hombre fue condenado a 13 años de prisión que le aplicó el juez Pablo Bianchi y se trata de una pena inferior a los 15 que había solicitado la semana pasada el fiscal Jorge Medina y la asesora de menores Alejandra Mundet que representó los intereses de las víctimas, según informó el diario Puntal.

El hombre sentado en el banquillo convivía con una de las víctimas, hija de su ex pareja. No sólo abusó de ella en 2010, cuando la niña tenía apenas 8 años de edad, sino que también abusó de dos amigas de la pequeña.

Esa chica hoy tiene 16 años, y participó de este juicio como testigo. En esta oportunidad, intentó desdecirse de lo que había declarado inicialmente en Cámara Gessell pero para el magistrado pesó más su primera declaración y la que las otras víctimas proporcionaron cuando fueron consultadas por profesionales en un ámbito especial para evitar revictimizarlas.

Los hechos que protagonizó el acusado fueron aberrantes y tuvieron su inicio en una fecha posterior a mayo de 2010, cuando B.A.Z. aprovechó la ausencia del resto de los integrantes de la familia tocar en sus partes íntimas a la nena, en el domicilio de Sampacho que compartían.

El fiscal de instrucción que investigó los hechos narró que durante la Navidad de ese mismo año, B.A.Z.  encerró a la niña en el baño y la violó, accediéndola carnalmente vía vaginal.

Según se precisó en el proceso, el padrastro empezó a hacerse habitual y se mantuvo durante años. “En el mismo domicilio y, generalmente, en el dormitorio matrimonial, aprovechaba la ausencia del resto de la familia para acceder carnalmente a la niña, sin protección profiláctica.

Agregó la fiscalía de instrucción que frente a la resistencia de la víctima, el hombre justificaba su accionar exclamando que ella no era su hija.

Según el relato que se dio a conocer en el juicio, el 18 de noviembre de 2017, la chica estaba limpiando en la cocina y su padrastro quiso llevarla a la habitación de la menor, pese a la resistencia de ella. La arrojó sobre la cama, pero la chica seguía forcejeando y tiró al suelo varios elementos de la repisa.

El agresor aprovechó la ocasión para tomar un envase de desodorante del suelo con el que accedió a la niña por la vagina.

La conclusión del fiscal de instrucción Daniel Pedro Miralles fue que “con su accionar B.A.Z. atentó contra el derecho de su hijastra al libre desarrollo de su personalidad, particularmente en el aspecto sexual por lo prematuro, excesivo y lujurioso del mismo”.

La misma acusación del fiscal Miralles sostuvo que entre los años 2013 a 2015, el acusado abordó sexualmente a otra nena de 9 años que era amiga de su hijastra y concurría a la vivienda para jugar con ella.  “En dicha oportunidad y en un número indeterminado de ocasiones, a veces en la habitación matrimonial y otras en el resto de los cuartos, B.A.Z. le efectuaba tocamientos de clara connotación sexual en distintas partes del cuerpo, tanto por encima como por debajo de sus ropas”.

El tercer hecho por el que llegó a la Justicia se registró en el año 2012, cuando otra amiga de su hijastra, que entonces tenía 13 años, fue desnudada por el dueño de casa y fue manoseada. Esa misma niña vio cómo el acusado, en otra fecha del mismo año, salía del baño desnudo y les exhibía su sexo, exponiéndolas a verlo en contra de su voluntad.

El fallo, además de condenar a B.A.Z. a 13 años de cárcel, prescribió un tratamiento psicológico para el hombre y ordenó que, una vez que quede firme la sentencia, se incluya su nombre en el registro provincial de delitos sexuales.



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