Presentan acción de amparo contra el capítulo del DNU que deroga la Ley de Tierras

La Fundación Interactiva para la Cultura del Agua afirma que "no surge ni por indicio del DNU, cuál es el beneficio que implica la derogación de la Ley de Tierras"; y alerta que, por el contrario, permite "que las tierras rurales y sus recursos naturales queden en poder de extranjeros, sin límite, ni cupo ni control".

"Su derogación permite la venta indiscriminada y sin límite ni tope alguno, de parte y/o todo el territorio Argentino". - Foto: Gobierno de Mendoza

La Fundación Interactiva para la Cultura del Agua (FIPCA), que preside el militar retirado Julio César Urien, presentó una acción de amparo contra el capítulo del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023, que derogó la denominada Ley de Tierras.

Con el patrocinio de los abogados Eduardo Barcesat y Daniel Valmaggia, la acción judicial reclama "la anulación absoluta e insanable del artículo 154 del DNU 70/2023, que establece en su título VI ´Bioeconomía´, la derogación de la ley 26.737 (de Protección del Dominio Nacional sobre las Tierras Rurales)".

"No surge ni por indicio del DNU, cuál es el beneficio que implica la derogación de la Ley de Tierras 26.737, para evitar el mayor deterioro de la situación social y económica", advierte el documento.

"Por el contrario, al permitir que las tierras rurales y sus recursos naturales queden en poder de extranjeros, sin límite, ni cupo ni control, claramente priva a la Argentina de sus recursos para poder superar cualquier crisis social y económica", añade.

Según la Fundación, el decreto "pretende modificar una ley nacional de rango superior y de orden público, lo que acarrea un daño irreparable a la Nación y al pueblo argentino en general".

"Su derogación permite la venta indiscriminada y sin límite ni tope alguno, de parte y/o todo el territorio Argentino, a cualquier potencia extranjera, sociedad y/o fondos de inversión y/o mega millonarios extranjeros, y/o fideicomisos constituidos en fraude a la ley", subraya el texto.

La causa quedó radicada ante el juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal número cinco, a cargo de la magistrada María Alejandra Biotti, y registrada con el número 516/2024.

La Fundación pidió "que se dicte, como medida cautelar, la inmediata suspensión de la vigencia del artículo 154" del DNU "en virtud de la gravedad, peligro y daño que implica el mismo para la Soberanía Nacional, Territorial, Poblacional, Económica, de Recursos Naturales y de Poder que conlleva para la República Argentina".

Fuente: NA

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