Instan a que se dicten prisiones domiciliarias por delitos leves
La Cámara Federal de Casación encomendó que se evalúe la situación "con extrema prudencia y carácter sumamente restrictivo" en el caso de los condenados por delitos graves.
La Cámara Federal de Casación Penal instó a tribunales inferiores a que otorguen prisiones domiciliarias a presos que integran grupos de riesgo de contagio frente al coronavirus y también para aquellos que estén condenados o con prisión preventiva por delitos leves.
Sobre aquellos condenados por delitos graves el Tribunal encomendó que se evalúe la situación "con extrema prudencia y carácter sumamente restrictivo".
Lo resolvió el pleno del Tribunal mediante acordada a raíz de la disparidad de criterios con que los tribunales actuaron frente a pedidos de excarcelación o prisiones domiciliarias, y luego que en varias ocasiones pidiera revisar una y otra vez los planteos sobre todos de aquellos presos que integran los grupos de riesgo por superar los 60 años o bien por tener enfermedades preexistentes.
Los jueces instaron a que las prisiones domiciliarias se concedan bajo control de monitoreo, esto es pulseras magnéticas, para los detenidos que integran grupos de riesgo, a aquellos condenados o con prisión preventiva por delitos no violentos, a las mujeres embarazadas o con niños, a aquellos que presentan alguna discapacidad, y a los que estén pronto a acceder a salidas transitorias.
Dentro de aquellos que el Tribunal recomienda otorgar domiciliaria, están los condenados a penas de hasta tres años de prisión y personas inmunodeprimidas o con condiciones crónicas. Las evaluaciones en cada caso deberían determinar si es posible proteger su salud si permanecen detenidas y considerar factores como el tiempo de pena cumplido y la gravedad del delito o la existencia de riesgos procesales y el plazo de la detención, para los procesados.
El Tribunal hizo un apartado sobre aquellos casos con delitos graves y en ese sentido instó a "meritar con extrema prudencia y carácter sumamente restrictivo la aplicabilidad de estas disposiciones, conforme normas constitucionales, convencionales y de derecho interno, según la interpretación que el órgano jurisdiccional haga en cada caso".
Fuente: Noticias Argentinas
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