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En virtud del fallo que dispuso que la planta de tratamiento de RSU no puede estar a menos de 4 kilómetros de la localidad, vecinos aseguran que ninguna parte del predio queda a menos de esa distancia y demandan una revocatoria total de la licencia ambiental.
Córdoba21/03/2025Vecinos de Villa Parque Santa Ana, nucleados en la organización Santa María sin Basura, emitieron un comunicado a través del cual se mostraron parcialmente conformes con la resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que revoca parcialmente la licencia ambiental de la planta de tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos del Área Metropolitana de Córdoba de Cormecor y la obliga a situarse a no menos de cuatro kilómetros de la localidad.
Eliana Lacombe, vecina de Villa Parque Santa Ana, entrevistada por La Nueva Mañana, expresó que a partir de la lectura del fallo queda en claro que ninguna parte del predio queda a más de cuatro kilómetros de Villa Parque Santa Ana, por lo que la revocatoria de la licencia ambiental debería ser total.
La comunidad de Santa Ana se reunió este jueves en una asamblea extraordinaria para analizar comunitariamente el fallo. "Llevamos nueve años de litigio judicial, protestas multitudinarias en la ciudad de Córdoba, incontables cortes de media calzada de la ruta 5, la instalación de un acampe en el acceso al predio por tres años y otras innumerables actividades de denuncia pública", repasaron en un comunicado que dieron a conocer este jueves.
En ese contexto, describieron como llamativo que el fallo por un lado ratifica el amparo ambiental presentado por la comunidad, pero afirma que podría instalarse en el lugar si respeta la distancia mínima de cuatro kilómetros.
"Las pericias oficiales de agrimensura demostraron que el predio elegido por Cormecor está a tan sólo 1,03 km de Villa Parque Santa Ana (Oeste); a 1,82 km de Bouwer (Este) y a 3,93 Km de la localidad de Los Cedros (Norte). Es decir, que existen tres localidades ubicadas a menos de cuatro kilómetros del predio dónde Cormecor pretende enterrar la basura de 2 millones de habitantes por más de 30 años", detallan.
Y agregan: "Este nuevo fallo del TSJ detalla los actos corruptos operados por la Secretaría de Ambiente de la Provincia que de manera sumamente irregular decidió autorizar el proyecto de enterramiento sanitario a tan sólo 1 km de Villa Parque Santa Ana, en contra de las recomendaciones del ISEA (Universidad Nacional de Córdoba) e incluso en contra de las recomendaciones de la CTI (Comisión Técnica Interdisciplinaria) encargada de evaluar el proyecto. A pesar de dar cuenta del flagrante incumplimiento de sus deberes de todos estos funcionarios públicos, el Tribunal Superior dictamina una revocatoria 'parcial' de la licencia ambiental concedida por la Secretaría de Ambiente a Cormecor en 2015. Si el propio tribunal describe con detalles todas las acciones corruptas que involucró el proceso de otorgamiento de la licencia ambiental de Cormecor, ¿no cree que la licencia está absolutamente viciada y es nula de toda nulidad? ¿No sería más ajustado a la ley que la Justicia anulara absolutamente el proceso administrativo e iniciara de oficio una causa contra estos funcionarios de la Secretaría de Ambiente por incumplimiento de sus deberes de funcionarios públicos?".
"En vez de hacer justicia el Tribunal pretende repartir cargas entre actores que para nada se encuentran en situación de igualdad", denuncia finalmente el comunicado.
Eliana Lacombe subrayó que la primera evaluación del fallo "es positiva, en relación a que el TSJ reconoce el enorme impacto que tienen este tipo de enterramientos en las zonas inmediatas y mediatas, y que al establecer un mínimo de cuatro kilómetros de apartamiento, se genera un precedente judicial, una jurisprudencia, para que muchas comunidades puedan defenderse de las afecciones de estos enterramientos".
Pero paralelamente, cuestiona que no se haya "dado de baja de manera total la licencia ambiental y que no se obligue a los demandados que perdieron el juicio a pagar las costas correspondientes a los abogados".
En línea por lo planteado en el comunicado, alerta Lacombe que si bien el fallo le prohíbe a Cormecor instalar la planta a menos de cuatro kilómetros de Santa Ana, entra en contradicción al ubicarse el predio actual a menos de esa distancia, respecto a dicha localidad y también Los Cedros y Bouwer. Y agrega como dato alarmante, que el sector sur del predio limita con la planta de tratamiento de residuos peligrosos Taym, que generó un serio daño ambiental años atrás, cuando se inundó su predio y se generó un derrame.
"No queremos tener otra experiencia como la que tuvimos con Taym. Nos parece algo tibia esta sentencia y estamos parcialmente conformes", expresó Lacombe.
Y concluyó, subrayando la importancia de generar transformaciones contundentes: "Queremos cambiar el modelo de enterramiento y que se ponga en claro que este tipo de tratamiento de residuos genera impactos negativos. Es hora de que pensemos otras políticas de consumo y descarte de residuos, más serias, integrales y drásticas".
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