La Unicameral aprobó por mayoría la Ley de Procedimiento Penal Juvenil de la Provincia

En su tercera sesión ordinaria del año, este miércoles la Legislatura aprobó por mayoría la Ley de Procedimiento Penal Juvenil y la reforma a la Ley 9944, de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Córdoba06/03/2025Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
Legislatura de Córdoba 7
Votaron a favor de las iniciativas el oficialismo y la UCR, el Frente Cívico, el Pro y Construyendo Córdoba.Foto: Legislatura de Córdoba

En su tercera sesión ordinaria del año, este miércoles la Legislatura de la Provincia trató y aprobó por mayoría la ley de Procedimiento Penal Juvenil y la reforma a la Ley 9944, de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que había sido sancionada en mayo de 2011.

Las iniciativas habían sido iniciadas por Miguel Siciliano, Julieta Rinaldi y Victoria Busso; y fueron debatidas durante varios meses en comisiones.

Según se explicó formalmente, las nuevas normativas apuntan a mejorar el sistema integral de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en la provincia de Córdoba, y a ofrecer más herramientas al Estado para garantizar el resguardo y la reinserción social de los menores en conflicto con la ley penal. 

Los proyectos aprobados contaron con los votos del oficialismo y también de los proporcionados por la Unión Cívica Radical, el Frente Cívico, el PRO y Construyendo Córdoba, y también algunos bloques unipersonales. 

Reglas claras

Una de las leyes aprobadas es la de Procedimiento Penal Juvenil de la provincia de Córdoba. Deroga toda disposición que se oponga a la presente o establezca un estándar de tutela inferior a los trazados en esta normativa. 

La otra modifica y deroga diversos artículos de la Ley 9944, de Promoción y Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en la provincia de Córdoba

Desde el oficialismo, la legisladora Victoria Busso fundamentó las nuevas leyes. Expresó al respecto: “Se necesitaba dotar de reglas claras a los poderes Ejecutivo y Judicial, y de procedimientos eficientes vinculados al delito juvenil, a fines de continuar garantizando los derechos de niños, niñas y adolescentes”. 

Las leyes se sancionaron con aportes de especialistas en niñez y adolescencia; funcionarios de la Justicia; representantes de organizaciones de la sociedad civil; universidades; y los propios legisladores, entre otros actores. Para esto, se concretaron numerosas reuniones y mesas de trabajo organizadas por el Ministerio de Desarrollo Humano provincial y la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), dependencias estatales que también realizaron aportes.

Ejes principales

La Ley de Procedimiento Penal Juvenil regula el tratamiento de las personas que al cometer un hecho delictivo tuvieran menos de 18 años.

Según se explicó oficialmente desde la Unicameral, la flamante norma "establece reglas generales sobre este procedimiento, y diferencia el tratamiento a dar a menores punibles y no punibles"; "garantiza el debido proceso, fija objetivos, plazos y proporcionalidad en las medidas aplicadas, estableciendo quién debe controlar su cumplimiento"; "estipula el resguardo institucional excepcional para adolescentes no punibles (medida a aplicar solo en casos estrictamente necesarios y bajo las garantías del debido proceso)"; "implementa medidas progresivas para la reintegración social, a través de un sistema de intervención gradual que permite evaluar la evolución del adolescente a lo largo del proceso"; y "crea una Mesa de Seguimiento y Control de las Políticas Públicas, conformada por miembros de los distintos poderes del Estado, universidades y organizaciones de la sociedad civil, que deberá monitorear la aplicación de la ley y proponer mejoras en la implementación de las medidas socioeducativas".
 
La flamante Ley contempla, además, de parte del Estado, el acompañamiento comunitario de los menores; procesos de mediación; atención temprana; supervisión en territorio y libertad asistida; medidas socioeducativas no privativas de la libertad y resguardo institucional (en establecimientos que garanticen la tutela); detención domiciliaria de manera excepcional (cuando haya razones médicas o situaciones que motiven al cuidado parental); y herramientas tendientes a abrir oportunidades para desarrollar proyectos de vida.

Debido proceso y reintegración social

Los autores de la Ley de Procedimiento Penal Juvenil indicaron que se trata de un marco normativo que “garantiza el debido proceso y prioriza la reintegración social de niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal”. 

Dijeron que viene a actualizar la legislación provincial en consonancia con los estándares internacionales, y a brindar respuestas eficaces y diferenciadas a la problemática. 

Sobre la ley, Siciliano destacó: “Tratamos de brindarle a la Justicia, al Poder Ejecutivo y centralmente a los jóvenes en conflicto con la ley penal y a la comunidad en su conjunto una herramienta que nos permita abordar de la mejor manera posible las situaciones que involucran a los jóvenes cuando ingresan al mundo del delito”.

En cuanto a la reforma de la Ley 9944, entre otras cuestiones pretende ampliar la participación comunitaria; fomentar un rol activo en la promoción y los derechos de los niños y adolescentes; elevar la capacidad de respuesta de la Senaf ante las problemáticas de los menores; y dar más protagonismo al Consejo Provincial de Adolescentes, brindando también más líneas telefónicas para apoyo y atención.
 

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