
A pedido de las grandes compañías, el Gobierno prohibió los aportes a las cámaras empresariales
Redacción La Nueva MañanaEl Gobierno nacional determinó que los aportes económicos de las empresas empleadoras destinadas a las entidades gremiales dejan de ser obligatorios para pasar a ser voluntarios, mediante el Decreto 149/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial. Las medida apunta contra los fondos de los sindicatos.
La normativa dispuso que "las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos".
En ese sentido, puntualizó que la imposición en curso o la aceptación voluntaria "podrá ser revocada libremente, y en cualquier oportunidad, mediante simple comunicación fehaciente a la entidad correspondiente".
En el texto oficial, el Ejecutivo argumentó la decisión indicando que la imposición de contribuciones obligatorias a favor de las cámaras o grupo de empleadores es una práctica "carente de sustento normativo", asegurando que "afecta la autonomía convencional, la libertad de contratación y de afiliación de los empleadores y vulnera los principios constitucionales de legalidad y representatividad".
Al fundamentar dicha valoración, expuso que el artículo 9 de la Ley N° 14.250 admite la incorporación de cláusulas que establezcan contribuciones a favor de las asociaciones sindicales de trabajadores, pero asegura que no alcanza a terceros ajenos al ámbito de la representación ejercida en la suscripción del Convenio Colectivo de Trabajo por las asociaciones o cámaras o grupo de empleadores que lo suscriben.
En este marco, estableció que la Secretaría de Trabajo "no homologará ni registrará convenios o acuerdos colectivos que contengan cláusulas destinadas a establecer contribuciones, aportes o cualquier tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a quienes no se encuentren afiliados o asociados a estas".
Al respecto, sostuvo que "la homologación de los Convenios Colectivos de Trabajo tiene como finalidad exclusiva la regulación de condiciones de trabajo de aquellas relaciones individuales comprendidas en su ámbito de aplicación, sin extender su alcance a cuestiones relacionadas con el financiamiento o sostenimiento de cámaras empresariales o agrupaciones de empleadores".
Asimismo, consideró que "tampoco resulta procedente extender su encuadre justificado en las denominadas cláusulas de solidaridad, en cuanto normativamente quedan ceñidas a los trabajadores no afiliados a las organizaciones sindicales, en favor de estas".
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, informó la medida en su cuenta de X, que entrará en vigencia en un plazo de 90 días.
En este punto, Sturzengger precisó que "junto al jefe de Gabinete hace unos meses le avisamos a lo que se conoce como el Grupo de los 6 (una serie de organizaciones empresarias) que avanzaríamos en el sentido de este decreto y nos comprometimos a establecer un plazo de transición para que las cámaras se adecuen y pasen a ofrecer un servicio que sus representantes puedan querer voluntariamente aceptar".


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