Anses confirmó el aumento del 11% en mayo para jubilaciones y pensiones

Las jubilaciones y pensiones recibirán un incremento en mayo del 11,01%, en concepto de adelanto de la nueva fórmula de movilidad de junio, que se calcula tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de marzo, publicado por el INDEC.

País 06/05/2024 Redacción La NUEVA Mañana Redacción La NUEVA Mañana
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El organismo precisó además que "los titulares de jubilaciones y pensiones mínimas cobrarán un bono de $70 mil, por lo que ningún jubilado o pensionado recibirá menos de $260.141,60. Foto: Télam

Las jubilaciones y pensiones de mayo tendrán un aumento del 11,1%, en función de la nueva regla que estableció el Gobierno nacional para la actualización de esos haberes.

 Así lo confirmó la ANSeS que, desde el punto de vista legal, comunicó que "las jubilaciones y pensiones recibirán un nuevo incremento en mayo del 11,01%, en concepto de adelanto de la nueva fórmula de movilidad de junio, que se calcula tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de marzo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)".

El organismo precisó además que "los titulares de jubilaciones y pensiones mínimas cobrarán un bono de $70 mil, por lo que ningún jubilado o pensionado recibirá menos de $260.141,60 ($190.141,60 de haber con aumento más $70 mil de bono, con el calendario de pagos habitual)".

ANSeS precisó que "quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzarla".

Asimismo, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) ascenderá a $222.113,28 ($152.113,28 más el bono de $70 mil), y las Pensiones No Contributivas por Invalidez y Vejez serán de $203.099,12 ($133.099,12 pesos más el bono de $70 mil).

El Gobierno nacional dispuso, a través del Decreto 274/2024, la nueva fórmula de movilidad para las jubilaciones y pensiones, por la que, desde julio, se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del IPC de dos meses atrás. Es decir, en julio los haberes tomarán como base el índice de mayo, en agosto, el de junio y así sucesivamente.

En ningún caso su aplicación podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados: si en junio el aumento otorgado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado desde abril por aplicación de la nueva fórmula de movilidad, ANSeS abonará la diferencia correspondiente.

Fuente: NA

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