Desalojos exprés: qué cambia para las familias que se atrasen con el pago del alquiler

El Senado dio media sanción al proyecto oficialista que establece nuevas condiciones para los inquilinos que acumulen deudas y habilita el desalojo rápido de inmuebles.
País07/08/2026Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana

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Tras la aprobación en el debate del Senado,  ahora el proyecto deberá ser tratado ahora por la Cámara de Diputados. Foto: NA

El Senado aprobó este viernes a la madrugada una parte del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada impulsado por el Gobierno de Javier Milei. Entre los puntos que sobrevivieron al debate parlamentario se encuentra una modificación al régimen de desalojos que contempla procedimientos más rápidos para quienes ocupen una propiedad sin autorización, pero también para familias que adeuden alquileres. El texto deberá ser tratado ahora por la Cámara de Diputados.

Uno de los principales cambios es la incorporación del procedimiento sumarísimo para las acciones de desalojo, tanto de inmuebles urbanos como rurales. En el caso de viviendas alquiladas, si el inquilino acumula hasta dos meses de atraso, el propietario deberá realizar una intimación y otorgar un plazo mínimo de 10 días corridos para cancelar la deuda. Si el pago no se concreta, podrá iniciar la demanda judicial. Además, una vez iniciado el proceso, el pago de la deuda no necesariamente permitirá detener el desalojo.

El proyecto también habilita la desocupación anticipada del inmueble antes de que exista una sentencia definitiva. En los casos de falta de pago o vencimiento del contrato, el propietario podrá solicitar al juez la entrega inmediata de la vivienda mediante una caución juratoria. La medida también contempla situaciones de intrusión o tenencia precaria. Como contrapartida, si posteriormente se comprueba que el propietario actuó ocultando información o que el inquilino había pagado, podría recibir una multa de hasta 10 veces el último alquiler.

La iniciativa establece además restricciones sobre las pruebas que podrán presentarse en los juicios iniciados por falta de pago o vencimiento del contrato. En esos casos, se priorizarán las pruebas documentales y periciales para acelerar los expedientes. También se habilita el uso del domicilio electrónico constituido en el contrato para realizar notificaciones y se incorpora un reconocimiento judicial temprano, que deberá concretarse dentro de las 72 horas desde una primera denuncia en determinadas situaciones.

El proyecto llegó al Congreso en un contexto de fuerte preocupación entre organizaciones de inquilinos por el acceso a la vivienda. Organizaciones como Inquilinos Agrupados y la Federación de Inquilinos Nacional sostienen que más del 70% de los hogares inquilinos mantiene deudas activas y que cerca de un 30% atraviesa una situación de emergencia habitacional. Desde esos sectores cuestionaron que el nuevo mecanismo pueda reducir las garantías de defensa de las familias frente a un proceso de desalojo.

Si Diputados convierte el proyecto en ley, el régimen de desalojos quedará modificado y los procesos por falta de pago podrán tramitarse mediante un mecanismo judicial más veloz.

El debate parlamentario se trasladará ahora a la Cámara baja, donde el oficialismo buscará avanzar con uno de los capítulos que logró sostener dentro de una iniciativa que sufrió modificaciones durante su tratamiento en el Senado.

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