Revés para el ex secretario de Salud Pablo Carvajal: el TSJ confirmó a Raúl Garzón en la causa del Neonatal

La Justicia destacó que el recurso presentado por el ex funcionario provincial no demostró que el rechazo transitorio de la propuesta de un codefensor le cause un gravamen irreparable al derecho de defensa.

Córdoba 20/12/2023 Redacción La Nueva Mañana Redacción La Nueva Mañana
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El fiscal Garzón seguirá al frente de la causa que investiga la muertes de bebés en el Neonatal. Foto: archivo LNM /Miriam Campos

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) confirmó que el fiscal Raúl Garzón continuará con la investigación de la causa “Neonatal”, inadmitió formalmente el recurso de casación presentado por la defensa del exsecretario de Salud provincial Pablo Carvajal, imputado en la causa “Neonatal”, por ausencia de impugnabilidad objetiva.

En ese sentido, afirmó que el fallo impugnado no es una sentencia definitiva ni resulta equiparable a tal, porque no produce un agravio irreparable. 

Básicamente, la resolución estimó que el escrito impugnativo no expresa qué menoscabo concreto a la garantía de defensa en juicio acarrea la decisión de no aceptar al abogado Justiniano Martínez, propuesto por el imputado como codefensor para la etapa final de la investigación penal preparatoria, designación que produciría el apartamiento del fiscal interviniente, Raúl Garzón. 

El TSJ destacó que se trata de un proceso de características excepcionales, por la complejidad de una investigación que se encuentra en su tramo final, que recae sobre hechos que suscitan el interés social de la comunidad y del país, a raíz de los homicidios de personas recién nacidas en el Hospital Neonatal. Asimismo, se puso de relieve en que la investigación recayó en la persona a quien se atribuye esas muertes y en otros funcionarios de la salud pública, respecto de los cuales ya se ha decidido la elevación de la causa a juicio.

Asimismo, se reparó que el caso difiere sustancialmente de aquellos en los que la Corte Suprema de Justicia de la Nación estimó cercenado el derecho a designar un abogado privado de libre elección, incluso cuando se pretenda el apartamiento de los jueces naturales. Esto, porque Carvajal continúa bajo el patrocinio privado por él elegido, habiéndose postergado únicamente la designación del codefensor privado propuesto, de mantera transitoria, durante los actos conclusivos de la investigación penal preparatoria.

De ese modo, coincidió con las dos instancias judiciales previas en que no se ha demostrado la imposibilidad de ejercer una defensa eficaz al actual defensor, por sí sólo o con otro codefensor, hasta la eventual etapa del juicio. 

Con tales fundamentos, la Sala Penal concluyó que no se ha logrado demostrar un riesgo cierto de afectación del derecho de defensa con entidad suficiente para justificar la impugnabilidad de la decisión recurrida.

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