Un tribunal le impide a La Retaguardia transmitir juicio de lesa humanidad

Una decisión del TOF5 porteño obstaculiza al medio comunitario cubrir el juicio de lesa humanidad contra el ex miembro de la Armada, Horacio Ferrari.

País 02/11/2023 Redacción La Nueva Mañana Redacción La Nueva Mañana
La Retaguardia cubriendo juicio (Facebook La Retaguardia)
"Esto es un acto de censura que limita absolutamente nuestra manera de transmitir", dijo el periodista Fernando Tebele. Foto: Facebook La Retaguardia

El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti, consideró este jueves como "grave" la decisión del Tribunal Oral Federal (TOF) 5 porteño de retirar el acceso al medio comunitario La Retaguardia a la transmisión del juicio por delitos de lesa humanidad que se sigue contra el ex miembro de la Armada, Horacio Ferrari, y anunció que se recurrirá el fallo ante la Cámara de Casación.

"La @SDHArgentina manifiesta su preocupación por la decisión del Tribunal Oral Federal 5 de CABA de retirar el acceso a la transmisión al medio comunitario @Laretaguardia en el juicio que se le sigue al ex miembro de la Armada Horacio Ferrari", expresó el titular de la cartera de Derechos Humanos desde su cuenta de la red X (ex Twitter).

El funcionario explicó que el viernes pasado y pese a la oposición de la fiscalía y las querellas, entre las que se encuentra la Secretaría que dirige, el TOF 5 hizo lugar a la presentación del abogado defensor de Ferrari, Guillermo Jesús Fanego, quien "basado en sus opiniones personales, solicitó dejar sin efecto el permiso que tenía el medio".

"Para esta Secretaría, es grave que a 40 años de la vuelta de la democracia se excluya a un medio de la trasmisión de un juicio por crímenes de lesa humanidad y recurrirá la decisión ante la Cámara Federal de Casación Penal", expuso Pietragalla.

Asimismo, recordó que la publicidad en los juicios está garantizada por el Código Procesal Penal de la Nación, que establece que "solo puede ser limitada en casos excepcionalmente".

También es promovida por acordadas de la Corte Suprema de Justicia y de la Cámara Federal de Casación Penal, indicó.

"Estos juicios son parte imprescindible de la construcción democrática y deben llegar a la mayor cantidad de personas posible como parte de la reparación a las víctimas y aportar a la construcción de la memoria y la verdad sobre lo que ocurrió durante la última dictadura", completó el secretario.

Uno de los fundadores del medio comunitario La Retaguardia, el periodista Fernando Tebele, sostuvo en diálogo con Télam que se trata de "un acto de censura que limita absolutamente" su manera de transmitir, a través de la cual, ya han dado cobertura a un total 35 juicios.

"Como en todo juicio, pedimos al tribunal la autorización para transmitir y -por experiencia de otros juicios- en el mismo pedido recordamos que de aprobarlo no nos manden un link al Canal de YouTube del Poder Judicial, sino que necesitamos estar dentro de la sala, presencial o virtual, para poder tomar nuestro propio registro", explicó Tebele sobre el pedido inicial realizado al TOF 5, que aceptó la solicitud lo que permitió al medio transmitir las dos primeras audiencias.

Relató que, pasadas unas semanas, el abogado defensor del único imputado presentó "como lo hace en todos los juicios en los que participa sin excepción" un pedido en el que solicita que les retiren el permiso.

"Ha sucedido en varias audiencias de este juicio -y de otros- que Fanego oraliza críticas a nuestra tarea comunicacional, utilizando recursos en general despectivos o terminología apologista de la dictadura. En el escrito que presentó en esta oportunidad dijo que 'ideológicamente compartíamos lo que pensaban los terroristas que asolaron a nuestra patria'", denunció el periodista sobre las declaraciones del abogado defensor.

Tebele indicó que en juicios anteriores ante el mismo tipo de pedido de Fanego, el Tribunal ratificó el derecho a televisar en contraposición con la decisión tomada en esta ocasión por el TOF 5 integrado por los jueces Sabrina Namer, Enrique Méndez Signori y Fernando Machado Pelloni.

"Los jueces contestaron que está garantizada la publicidad del juicio a través del Canal de la Justicia -que era lo que decía el defensor-, aunque no nos permitieron transmitir por nuestros propios medios a nosotros, obviando lo planteado por las querellas y la Fiscalía que sí entendieron que esta decisión atenta contra la libertad de expresión", argumentó el periodista.

Y completó: "Nosotros no dudamos en decir que esto es un acto de censura que limita absolutamente nuestra manera de transmitir".

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