“Hoy se intenta avasallar el derecho a la protesta de los docentes”

Se alzan voces para intentar impedir el cercenamiento de derechos cívicos, ante la embestida de los poderes provinciales sobre el derecho de sectores sociales.

Ed Impresa 10/03/2023 Flavio Colazo
Miguel Rodríguez Villafañe © ElDiario
Miguel Julio Rodríguez Villafañe Foto: gentileza El Diario de Villa María

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Especial para La Nueva Mañana

ENTREVISTA 

Preocupado -y ocupado- por el accionar de los medios, el poder político y el poder judicial en contra de las manifestaciones docentes el Dr. En Derecho y Ciencias Sociales, y abogado constitucionalista, Miguel Julio Rodríguez Villafañe –también ex juez federal –, dialogó con LNM para advertir sobre el peligroso estado de situación presente en nuestra provincia respecto al ataque al que se ve sometido el derecho ciudadano de manifestarse públicamente para protestar y reclamar atención a sus necesidades. 

Usted se decidió a asumir públicamente la problemática del intento de avasallamiento del derecho a las manifestaciones de protesta por parte de los mayores poderes provinciales –particularmente contra el sector docente-  luego del raid mediático y el accionar profesional del juez Fernández López. ¿Por qué se decidió a salir a expresar su posición ante este conflicto de intereses que atraviesa a la sociedad cordobesa?

-Por varias razones. Yo tengo una amplia trayectoria en defensa de los intereses de los sectores trabajadores, de los sectores más débiles de la población y en no permitir el avasallamiento de los derechos fundamentales de los individuos más vulnerables –y vulnerados-. En atención a esta conducta de vida que marca mis intereses en cuanto desenvolvimiento profesional y humano es que consideré –y considero- necesario presentar los argumentos del caso a fin de frenar la escalada de acciones destinadas a cercenar los derechos de los diversos colectivos sociales que solo cuentan con el mecanismo de la protesta social como herramienta de defensa de sus derechos. Además, tanto mi padre como mi madre fueron docentes y de ellos aprendí a darle un valor superior a la educación escolar como herramienta constitutiva fundamental en el tejido social, y hoy se está intentando avasallar los derechos a la protesta de los docentes utilizando mecanismos legislativos y judiciales.

¿Cuáles son los pasos que usted nota que se están dando en Córdoba en aras de cercenar el derecho a la protesta social?

- Primeramente, desde el legislativo se intenta legislar en tal sentido a partir de una petición de la oposición –petición que es mirada con gran simpatía por el oficialismo-, y también se opera, en este intento de cercenar el derecho a la protesta social, desde los estamentos judiciales. Por ejemplo, el juez Juan Manuel Fernández López está definiendo un habeas corpus presentado por el centro vecinal del barrio centro por las protestas que vienen teniendo lugar en esa zona de la ciudad. El juez –que ha tomado gran relevancia mediática- no ha tomado en cuenta que el habeas corpus es un recurso penal que no tiene lugar en estos casos –hubiera correspondido un amparo -, porque los derechos que se pretenden defender -mediante este habeas corpus- son propios del ámbito civil, de tal modo que no corresponde la actuación de un juez penal. El solo hecho de que actúe un juez penal –cursando la causa en dicho fuero- es una forma de criminalizar el derecho a la protesta.

“La protesta es el grito impotente de quienes no tienen otro modo de ejercer el derecho a peticionar a las autoridades para que se evidencien sus necesidades”.

¿Cuáles son los argumentos que se esgrimen desde los medios, gobierno y justicia para limitar el derecho a la protesta?

- En verdad lo que se intenta impedir son ciertos tipo de protestas sociales; porque a las manifestaciones conocidas como cacerolazos se las tolera completamente al igual que a los tractorazos, o a los cortes de ruta producidos por los productores rurales -juntamente con sus empleados o acompañantes afines a sus reclamos-, tampoco se condenan mediáticamente los ataques virulentos –en algunos casos de extrema violencia- de algunos conjuntos de individuos contra los dirigentes o simpatizantes de las fuerzas políticas representativas de los sectores populares. Note usted que, por ejemplo, el ataque –que fue una feroz pedrea de 40 minutos-  contra el despacho de la vicepresidenta  en el senado de la nación se llevó a cabo sin intervención policial alguna; lo mismo en el caso del grupúsculo que arrojó antorchas incendiarias contra las puertas del congreso; y con igual parsimonia se toleraron   las manifestaciones –que incluían megáfonos para amplificar el volumen de los gritos-  en contra de CFK frente a su domicilio personal. Pero luego, al comenzar en el mismo lugar una serie de manifestaciones en apoyo de la vicepresidenta, se intentó por todos los medios –con desmesurada participación de las fuerzas de seguridad- impedir que los manifestantes pudieran expresarse. Ahora, para las protestas de los sectores populares, pareciera que se va a llegar a la ridícula propuesta de erigir un “protestódromo”, donde la protesta no moleste ni incomode a nadie, evitando así cualquier tipo de interés mediático que luego pueda repercutir en los estamentos políticos y/o judiciales. 

¿Hasta qué punto influyen los medios en la prosecución de la supresión del derecho a la protesta social?

- Pasa que los medios muchas veces se asumen directamente como parte del poder en ejercicio asumiendo, al modo de jueces, valoraciones positivas para unas protestas y negativas para otras; y en cuanto al potencial ejercicio de poder con que cuenta, como se dice comúnmente, “para muestra basta un botón”. Vea, por ejemplo, el caso del artista José Luis Serrano. Este hombre, encarnando a su personaje Doña Jovita, le dijo a un periodista radial -estando al aire- que estaba dando información errónea intencionalmente con el fin de disuadir la marcha en la cual estaba participando Doña Jovita. Luego ese periodista inició acciones legales –una querella por daños y perjuicios- en contra del artista, quien afrontó dos reveses judiciales –que le hubieran implicado el pago de una descomunal cifra de dinero- hasta que finalmente la justicia liberó de culpas y cargos a Serrano; pero, mientras tanto…, quién se hace cargo del estado de incertidumbre y angustia que pasó ese hombre. Igual en el caso del docente chubutense Santiago Goodman a quien se lo imputó penalmente (en 2022) –en una causa que prevé hasta 10 años de prisión- por la rotura de una puerta (en 2019) sin mensurar que los docentes venían con un descomunal atraso en el pago de varias de sus retribuciones, y que dos de sus compañeras habían fallecido en un accidente de tránsito al regresar de las jornadas de protesta;  otra vez: ¿quién se hace cargo del deterioro de la salud física y mental de los docentes que estaban luchando por sus derechos? Nadie. Otra manifestación de poder de los medios se pudo ver durante la dictadura; entonces hubo medios que publicaban fotos de las manifestaciones que luego eran usadas por el aparato represivo para encarcelar, torturar y/o desaparecer a algunas de las personas que aprecian en las fotos; por suerte en Córdoba muchos medios no se prestaron a ese juego.

“Para las protestas de los sectores populares, pareciera que se va a llegar a la ridícula propuesta de erigir un “protestódromo”, donde la protesta no moleste ni incomode a nadie”.

¿En qué medida -considera usted- el derecho a la protesta resulta importante para los sectores populares?

-En una medida inmensa, porque las manifestaciones públicas muchas veces implican una desesperada necesidad de ganar visibilidad en la problemática que se expresa. La protesta es el grito impotente de quienes no tienen otro modo de ejercer el derecho a peticionar a las autoridades para que se evidencien sus necesidades.

¿De qué modo se toma en los estamentos internacionales la relevancia para los pueblos  del derecho a la protesta?

-Hay varios tratados internacionales, incorporados a la constitución nacional, que prestan suma atención a este tema -en pos de advertir la imposibilidad de los gobiernos para cercenar el derecho a la protesta- como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en su artículo XXIV; el artículo 21 del pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y el artículo 15 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos -del Pacto de San José-. En este último se dispone que: “el derecho de reunirse y manifestar pacíficamente implica que las autoridades estatales deben abstenerse de impedir el ejercicio de este derecho” y “deben prever medidas para evitar que terceros lo impidan”. 

“Los medios muchas veces se asumen directamente como parte del poder en ejercicio asumiendo, al modo de jueces, valoraciones positivas para unas protestas y negativas para otras”.


La educación no cambia el mundo, cambia a las personas que van a cambiar el mundo.
(Paulo Freire)

Volviendo sobre la actual situación de los docentes cordobeses -y sobre la educación en general- ¿a qué se debe su particular interés en el caso de los reclamos que está presentando el sector?

-Es que mire cómo será la importancia de la educación en el entramado social que la norma fija para los docentes una pauta dinámica de “mejoramiento continuo” de la retribución de sus ingresos, y de todos los requerimientos en lo referente a sus peticiones de materiales para cumplimentar su tarea. Aclaro que me refiero a la escolaridad obligatoria, pública y gratuita, y de calidad; este tipo de educación es lo que permitió llevar adelante en Argentina las políticas de movilidad social ascendente que comúnmente se conocieron como: “m´hijo, el dotor”. Hoy muchos docentes reciben salarios que están por debajo de la línea de pobreza; esto resulta inaceptable, y mucho menos aceptable que, en este estado de situación, se pretenda accionar penalmente contra quienes participen en las manifestaciones en las cuales expresan sus reclamos.

  

 

Edición Impresa Nro.: 301

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