
Falleció un hombre de 51 años en un accidente sobre la Ruta Provincial 6
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La presentación fue para evaluar la inconstitucionalidad de las retenciones vigentes, luego de que un tribunal diera lugar a un reclamo de la AFIP.
Córdoba18/05/2022La Sociedad Rural Argentina (SRA) insistió este miércoles en la validez de su presentación en un juzgado de Córdoba para evaluar la inconstitucionalidad de las retenciones vigentes, luego de que un tribunal superior diera lugar a un reclamo de la AFIP, la que considera que ese no es el ámbito de discusión de los derechos de exportación. .
"Ratificamos la competencia de toda la justicia federal de las provincias productoras, respecto del conflicto judicial por la ilegalidad e ilegitimidad presentado por la Sociedad Rural Argentina sobre los derechos de exportación", señaló el presidente de la SRA, Nicolás Pino.
El dirigente ruralista añadió: "En este caso nuestro amparo tramita en la Justicia provincial de Córdoba. Es una cuestión federal cuyo proceso de amparo está registrado, además, en la Corte Suprema de la Nación como amparo colectivo, por ende no puede cambiar de jurisdicción".
Así lo dijo en su cuenta de Twitter este martes.
La SRA presentó un recurso de amparo ante el Juzgado Federal número 1 de Córdoba, a cargo de Ricardo Bustos Fierro, en el que le solicitó a la Justicia que se expida sobre la inconstitucionalidad del esquema de retenciones vigentes.
La entidad argumentó que al no haberse sancionado el presupuesto nacional 2022 cayeron las facultades delegadas por la Emergencia Económica que le permitía al Poder Ejecutivo cobrar derechos de exportación.
Por su parte, la AFIP primero se presentó antes Bustos Fierro para plantear que no tenía competencia al respecto y el juez le rechazó la demanda, según informó la agencia de noticias NA.
Acto seguido, el organismo inició un nuevo expediente en un juzgado de segunda instancia y el tribunal en lo Contencioso Administrativo Federal se declaró "en competencia".
Ese cuerpo le reclamó la causa a Bustos Fierro que le remita la causa o, en su defecto, "su elevación al tribunal competente para dirimir la contienda de competencia".
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