Bacar: prisión en suspenso, multas millonarias y trabajo comunitario

Juan Carlos Barrera, dos de sus hijos y un cuarto acusado fueron condenados por la Justicia federal por el delito de “intermediación financiera no autorizada”.  

Córdoba01/06/2021
Juan Carlos Barrera
Juan Carlos Barrera fue finalmente condenado.

El Tribunal Oral N° 2 en lo Criminal Federal de Córdoba impuso penas de hasta tres años de prisión en suspenso y multas de entre veinte y treinta millones de pesos a cuatro personas condenadas por el delito de intermediación financiera no autorizada. Como pauta de conducta para que Juan Carlos, Iván y Pablo Barrera y Carlos Reartes puedan mantener la pena en suspenso, la sentencia receptó un proyecto presentado por los ahora condenados cuando oportunamente solicitaron la suspensión del juicio a prueba -que les fue rechazada por la fiscalía-, que consiste en la construcción, equipamiento, financiamiento y gestión durante dos años de un comedor comunitario para 80 personas. En la causa intervino la Fiscalía General N°2 ante aquél órgano judicial, a cargo de Carlos Gonella.

El juicio comenzó a mediados de abril con la composición unipersonal del tribunal, que estuvo a cargo del juez José Fabián Asís; con una modalidad semipresencial, el debate se desarrolló con una frecuencia semanal. Los Barrera y Reartes fueron condenados como coautores del delito de intermediación financiera agravada. Además, el juez absolvió a otros tres acusados, que habían sido señalados como parte de la organización en los alegatos de Gonella, quien contó con la asistencia de la Procuraduría de Criminalidad  Económica (PROCELAC) para la determinación del daño de estas maniobras.

Los cuatro condenados fueron considerados responsables de diez hechos de intermediación financiera no autorizada. De acuerdo con la acusación del Ministerio Público Fiscal, en todos ellos la modalidad fue siempre la misma: en alguna de las tres firmas que integraban (BACAR Traca SRL, Compañía Barrera S.A. y Blicen S.A., todas con domicilios en el barrio centro de Córdoba capital) persuadían a su clientela para que, bajo la figura simulada de un contrato de caja de seguridad, depositasen su dinero en la empresa a plazo a cambio del pago de intereses notoriamente más altos que los de las instituciones autorizadas por el Banco Central.

Una vez captados los fondos, los ahora condenados desarrollaban la actividad de intermediación financiera valiéndose de sus locales comerciales, que contaban con una zona de cajas de seguridad, otra de oficinas y una tesorería. Para la fiscalía, toda esta infraestructura excede los requerimientos que implica el alquiler de cajas de seguridad y permite sostener que esto era solo una pantalla de una actividad principal de intermediación financiera.

Según la fiscalía, la diferencia porcentual de interés ofrecida por las tres firmas para aquellas personas que decidieran convenir los contratos de asistencia financiera o depósitos a plazo, tanto en pesos como en dólares, era notoriamente mayor en comparación con las tasas ofrecidas por los bancos autorizados por el BCRA: hasta del 30 por ciento anual en pesos, según el monto, y hasta del 18 por ciento en dólares, en comparación con las tasas regulares ofrecidas por entidades financieras autorizadas que, al momento de los hechos, eran entre un 30 y 50 por ciento menores.

Los imputados publicitaban sus servicios tanto en sus locales, ubicados en un importante centro comercial de Córdoba y en plena zona financiera, como también a través de publicidades en distintos medios de comunicación. Además, a través de la operatoria de descuento de cheques y de la caución de cheques en garantía, instrumentaron préstamos de dinero a terceros a través de una tasa de interés muy superior a la ofrecida por la banca autorizada. Así, según la acusación, lograron seducir a una cantidad indeterminada de personas para que depositaran a plazo sus ahorros para captar fondos que luego “colocaban” en el mercado por medio de préstamos, y también mediante remesas y giros al exterior.

En cuanto a las tareas comprometidas por los condenados en un comedor comunitario, el fiscal Carlos Gonella resaltó la "dimensión reparadora a través de una acción social", que "en el contexto de pobreza y hambre que tenemos por efecto de la pandemia, es una medida muy interesante para analizar y tomar como ejemplo”.

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