
Piden revocar la absolución y condenar a 18 años de prisión a César Milani

El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal pidió que sea revocada la absolución a favor del ex general César Milani y que se le imponga una condena de 18 años de prisión por el secuestro e imposición de tormentos durante la última dictadura militar a Pedro y Ramón Olivera.
Es el pedido hecho ante la máxima instancia penal luego que meses atrás el Tribunal Oral Federal de La Rioja absolviera a Milani, para quien durante el juicio los fiscales Virginia Carmona y Rafael Vehils Ruiz habían solicitado una condena de 18 años.
Milani fue acusado por la fiscalía a raíz que en marzo de 1977 en un operativo realizado por el Ejército liderado por Milani como subteniente del Batallón de Ingenieros de Construcción 141 de La Rioja, se procedió al secuestró de Pedro Olivera, quien estuvo dos días detenido en el Instituto de Rehabilitación Social (IRS) y donde se le impuso tormentos.
También fue secuestrado por un operativo del Ejército su hijo Ramón, quien aún en la actualidad permanece con vida ya que el padre murió a raíz de un accidente cerebro vascular.
El fallo fue apelado por los fiscales Miguel Carmona y Vehils Ruiz y el planteo ahora es reiterado por su superior ante la Cámara Federal de Casación Penal.
"Entiendo que el decisorio impugnado contiene defectos de fundamentación que desatienden el mandato del artículo 123 del C.P.P.N. en cuanto exige que las decisiones judiciales sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente en relación con las circunstancias comprobadas de la causa. Se configura una causal de arbitrariedad definida en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que resiente la motivación lógica del fallo", sostuvo De Luca.
"Sin hacer una valoración sobre el objeto de discusión de ese sumario y de la suerte que corrió -como era habitual y se ha visto en cientos de procesos- de su relato y probanzas se puede extraer algo que sí interesa al objeto de esta causa (tal como lo prescribe el art. 15 de la Convención contra la Tortura, citado): se trata de pruebas que acreditan que el imputado efectivamente era la persona que la víctima identificó desde un primer momento como quién había realizado el allanamiento, detención y traslado de su padre al IRS, y como aquel militar que lo trasladó al despacho judicial e ingresó con él cuando se le tomó declaración indagatoria mientras lo hostigaba verbalmente", agregó.
En ese sentido, la fiscalía evaluó que Milani "era el único militar con ese apellido en toda la Provincia de La Rioja a la fecha de los hechos y que ni siquiera el juez militar actuante en la causa instruida en su contra puso en duda su intervención como autoridad militar en el proceso como lo hicieron los jueces aquí".
Fuente: Noticias Argentinas


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