CBI: siete años de prisión y una multa de $ 30 millones para Rodrigo

Se trata del primer fallo penal de este tipo en el país. Se juzgaron millonarias maniobras y hubo penas para 13 acusados por lavado de activos y evasión impositiva.

Córdoba27/06/2019
causa CBI by gentileza
El Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba dictó hoy las primeras condenas en el país por el delito de intermediación financiera no autorizada. Foto: gentileza

Este jueves se leyó la sentencia de la causa Cordubensis (CBI) y así llegó a su fin un largo proceso de cinco años y medio de instrucción.

El Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba dictó así las primeras condenas en el país por el delito de intermediación financiera no autorizada.

Los magistrados impusieron penas de entre dos y siete años de prisión para trece acusados por ese tipo penal, además de los de lavado de activos y evasión tributaria, según cada caso.

Durante el juicio intervino el fiscal feneral Carlos Gonella, quien en su alegato había requerido condenas de hasta once años. 

Tras la sentencia, el representante del Ministerio Público se mostró conforme con el fallo y resaltó que se trata del primer veredicto condenatorio en el país por intermediación financiera ilegal. “Es una demostración de que el MPF pone energías en la persecución de estos fenómenos complejos y obtiene resultados” evaluó respecto de la resolución, cuyos fundamentos se conocerán el 3 de septiembre.

Por otra parte, los magistrados dispusieron absoluciones por el delito de asociación ilícita y una serie de hechos calificados como estafa.

El fallo

Por unanimidad, los jueces José Fabián Asís, Carlos Julio Lascano y Jaime Diaz Gavier dispusieron las siguientes penas por los delitos de intermediación financiera no autorizada, lavado de activos y evasión tributaria -por distintos grados de participación, según el caso-.

Eduardo Daniel Rodrigo (presidente de CBI), fue condenado a siete años de prisión y multa de 30 millones de pesos; Aldo Hugo Ramírez, cinco años de prisión y multa de 20 millones de pesos; Julio César Ahumada, cuatro años y seis meses de prisión y multa de 15 millones de pesos; Oscar Américo Altamirano, cuatro años y seis meses de prisión y multa de ocho millones de pesos; Daniel Arnoldo Tissera, tres años de prisión de ejecución condicional y multa de ocho millones.

En tanto que sólo por intermediación financiera no autorizada fueron condenados Darío Onofre Ramonda -tres años de prisión de ejecución condicional y  multa de 15 millones de pesos- y Diego Ariel Sarrafián -tres años y seis meses de prisión y la misma multa-.

La sentencia alcanza también, por lavado de activos y evasión tributaria, a Miguel Ricardo Vera -seis años y seis meses de prisión y multa de 25 millones de pesos-; Luis Carlos de los Santos -tres años de prisión de ejecución condicional y multa de dos millones de pesos-; Paula Andrea Vettorello -dos años y seis meses de prisión y  multa 40 mil pesos-; Jorge Osvaldo Castro -tres años de prisión de ejecución condicional y 50 mil pesos-; Roberto Carlos, Di Rienzo -dos años y tres meses de prisión de ejecución condicional y multa de 20 mil pesos- y Lucas Sebastián Bulchi -dos años y tres meses de prisión de ejecución condicional y multa de 20 mil pesos-.

Carina Andrea Moreno y Olga Beatriz Divina fueron absueltas del delito de lavado de activos agravados.  Así como también, Rodrigo y Darío López Ramonda no fueron condenados por el delito de defraudación indebida. 

Momentos previos a la sentencia Rodrigo, habló ante el tribunal y declaró: "Nunca imaginé estar acá. Toda la vida desarrollé mi vida profesional como cualquier profesional. Nunca hicimos esto con la finalidad de cometer ilícitos y generar organizaciones para cometer ilícitos. Desde el principio del proceso siempre intenté esclarecer estas situaciones poniéndome a disposición. Debo haber estado 80 horas declarando. En más de la mitad, contestando preguntas y preguntas. He intentando aportar cosas que permitiesen esclarecer la realidad de la empresa”.

Tras la finalización de la lectura de la sentencia, el fiscal federal Carlos Gonella indicó que los medios que lamentaba que no se los haya juzgado por el delito de asociación ilícita: “Obviamente no estoy de acuerdo con la absolución de la asociación ilícita, eso repercutió en la condena con una pena menor. La fiscalía pidió para Rodrigo 11 años, para el resto de socios entre siete y siete años y medio y para Vera 10 años", dijo el funcionario y aclaró que "las condenas fueron sensiblemente menores pero la diferencia al menos en las penas es porque no se los condenó por asociación ilícita que es un delito grave".

Destacó que esperarán los fundamentos de absolución pero que está conforme con las condenas porque son importantes. "Es la primera vez que se juzga el delito de incriminación financiera ilegal”, cerró.    

Maniobras millonarias y habituales

Con la sentencia en este juicio, quedó acreditado que bajo la apariencia legal brindada por la firma CBI Cordubensis, se realizaron millonarias maniobras de intermediación financiera no autorizada, lavado de activos y evasión.

La compañía -que contaba con dos locales de acceso público ubicados en importantes zonas comerciales de la capital provincial- funcionó hasta el 14 de febrero de 2014. Además de Rodrigo, en este primer tramo de la mega-causa fueron juzgadas otras quince personas por su intervención en uno o varios de los 78 hechos imputados por el MPF. En la etapa de instrucción, la investigación estuvo a cargo de la Fiscalía Federal N°1 de Córdoba, a cargo de Enrique Senestrari.

El debate había comenzado en noviembre pasado y tuvo la particularidad de que por primera vez se juzgaron hechos encuadrados en el delito de intermediación financiera no autorizada, figura incorporada en el artículo 310 del Código Penal en virtud de lo establecido por la Ley 26.733 de diciembre de 2011.

Dicha normativa fue sancionada en el marco del plan de acción consensuado con el Grupo de Acción Financiero Internacional (GAFI), con el objetivo de reprimir y perseguir conductas que sean perjudiciales al sistema financiero y, así, garantizar la protección de los usuarios frente a prácticas abusivas y generar confianza y transparencia en los mercados.
 

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