Inminente aprobación de la ley que crea en Córdoba la figura del Abogado del Niño

El martes se firmaría el despacho del proyecto de ley que busca la representación legal de los chicos frente a cualquier procedimiento judicial o administrativo.

Ed Impresa 18/06/2019 Gabriela Yalangozian Gabriela Yalangozian
Apertura de sesiones legislativa Córdoba Legislatura by Gobierno de Córdoba

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Luego de la ronda de consultas que se realizan desde el pasado mes de febrero, las comisiones de DD.HH y Desarrollo Social, Asuntos Constitucionales y Legislación General despacharon el martes pasado el proyecto de ley Nº 19082; que crea la figura del Abogado de Niñas, Niños y Adolescentes (NNyA).

El mismo permitirá representar legalmente a los chicos en cualquier procedimiento judicial o administrativo en el ámbito de Córdoba. Muchos especialistas dieron su punto de vista y según trascendió, el despacho consensuado se firmaría el martes para llevar a votación el proyecto en recinto el miércoles.

La figura del Abogado de NNyA y la falta de regulación en el ámbito provincial tuvo mucha difusión el año pasado, cuando se produjo la primera sentencia en un caso que tenía a una adolescente como querellante contra su abusador, que pertenecía a su ámbito intrafamiliar.

La joven fue asesorada por la abogada Vanina Lamberti, una de las consultadas por los legisladores para tratar las dos iniciativas con estado parlamentario. Uno de ellos fue presentado en 2016 por Martín Fresneda del bloque Córdoba Podemos; el otro, por Carlos Gutiérrez de UPC en febrero pasado.

“Que haya comenzado el tratamiento en comisión de la Legislatura de estos proyectos es muy importante porque regula el acceso a la Justicia de Niños, Niñas y Adolescentes. Durante el debate hubo varias observaciones, se hicieron varios aportes y se pudieron hacer algunas modificaciones para que la Ley salga de la mejor manera posible”, señaló Lamberti a La Nueva Mañana.

El proyecto de ley Nº 19082; que crea la figura del Abogado de Niñas, Niños y Adolescentes (NNyA) fue presentado la semana pasada y se firmaría el martes para llevar a votación el proyecto en recinto el miércoles.

“Esta figura viene a garantizar que sujetos de derecho, reconocidos como tales desde el año 1989 desde la Convención de los derechos del Niños, hoy puedan contar con el acceso a una defensa técnica especializada, que los patrocine y asegure su participación en los procesos donde se discuten asuntos que los involucran”, precisó.

Lamberti enfatizó que, si bien “todo niño, tiene derecho a contar con un abogado especializado, al no contar con una ley que regulara algunos aspectos específicos de ese rol, había mucha discrecionalidad en su admisión. Contar con una normativa provincial permitirá salvar esos obstáculos”, reconoció la abogada.
Pero este será un primer paso. Quedará un largo camino para recorrer para que se efectivice y se cumpla plenamente con ese derecho. Así lo explicó Lamberti: “En tanto los tribunales y los operadores jurídicos no cambien sus perspectivas y sus prácticas, no será suficiente solo con una Ley”.

Otro de los aspectos que no quedará aclarado en la Ley es el concepto de los honorarios. “Lo que señala el despacho es que el Estado provincial se va a hacer cargo de los honorarios de los abogados de los NNyA, pero advierte que esto quedará sujeto a una futura reglamentación y se espera que no sea un aspecto que entorpezca la implementación de esta figura. Sabemos de otras jurisdicciones donde tienen la ley, pero no funciona adecuadamente porque no se garantiza ese pago a los abogados por el trabajo realizado”, explicó.

Escuchar al niño

La abogada Marysel Segovia, presidenta de la ONG Sehas (Servicio Habitacional y de Acción Social) y docente de la Facultad de Derecho de la UNC, también participó de las consultas de las distintas comisiones legislativas que abordaron estos proyectos.

En diálogo con La Nueva Mañana, Segovia explicó cómo será la implementación de esta figura. “La idea es que cada vez que haga falta cualquier proceso administrativo (desde la Senaf, o en los ámbitos de educación o Salud) o judicial (sea Juzgado de Niñez, Penal o Familia), los jueces o el funcionario que corresponda le informe al niño sobre su derecho a tener un abogado o abogada, y que a partir de allí se comunique con el Colegio de Abogados para que, entre los anotados en un registro de profesionales especializados en Niñez, se sortee un letrado que sea puesto a disposición del niño o niña”, explicó Segovia.

“Todo niño tiene derecho a contar con un abogado especializado, al no contar con una ley que regulara algunos aspectos específicos de ese rol, había mucha discrecionalidad en su admisión. Contar con una normativa provincial permitirá salvar esos obstáculos”.

Por otro lado, destacó una propuesta que se hizo en base a que el Código Civil señala que “los niños pueden ejercer sus derechos según su capacidad progresiva”. “La ley no va plantear una edad mínima para contar con un abogado. Lo que aspiramos, es que como se hace en otras ciudades como en Buenos Aires, es que un psicólogo pueda elevar un informe que dé cuenta que el niño tiene la madurez suficiente como para comprender lo que significa designar un abogado o abogada”, explicó Segovia.

“También quedó expreso que ese letrado tiene que ser una persona diferente al asesor de niñez complementario, que está en los juzgados de Niñez y de la Familia. El asesor lo que garantiza es que se cumpla la ley en los procesos, pero no representa los intereses de los niños. Esto lo decimos por énfasis, porque en la práctica judicial no se entiende así”, advirtió la presidenta de la ong Sehas.

“Miramos con mucha expectativa la aprobación de esta figura, creemos que es una necesidad fundamental. En casos de abusos sin lugar a dudas, acompañándolo en un proceso penal. Pero no solo en esos casos, también en los temas de familias, cuando se controla la medida excepcional. Es decir, cuando un niño es retirado de su familia por decisión de la Senaf, el juez de niñez controla si la medida fue bien tomada. En esos casos, tiene la obligación de hacer una audiencia con la familia y el niño. Pero si el chico no está acompañado por su abogado, no puede ejercer sus derechos ni ser escuchado legítimamente. Esto ocurre en casos de revinculaciones forzadas por abuso y violencia de los progenitores. A la hora de resolverse el conflicto, el niño debe ser escuchado, y esta Ley permitirá garantizar ese derecho”, subrayó la abogada.

 

 

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