Derrame en Veladero: ordenan analizar la sangre de los habitantes afectados

Así lo estableció el juez Pablo Nicolás Oritja. El relevamiento será realizado entre pobladores de las localidades de Iglesia y Jáchal. El último desborde ocurrió el 28 de marzo de este año.

Córdoba 19/04/2017 La Nueva Mañana
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El 28 de marzo de este año hubo un nuevo derramen en la planta de Barrick Gold en Veladero. Foto: archivo

Tras el último derrame ocurrido el 28 de marzo de este año en la mina de Veladero, operada por Barrick Gold, la justicia provincial de San Juan y la Federal suspendieron las actividades en el área de lixiviación.

En este marco, y a raíz de una presentación judicial realizada por un grupo de vecinos, el juez de la Segunda Circunscripción de Jáchal, Pablo Nicolás Oritja decidió ordenar una serie de medidas que marcarán un precedente.

El relevamiento será realizado entre los habitantes de las localidades de Angualasto, Malimán, Malimán de arriba, Chinguillo, y de la finca Buena Esperanza, todas forman parte de Iglesia.  Así como también a los residentes del paraje La Isla, La Represa y Dique Pachimoco, en Jáchal.

Entre los elementos que buscarán detectar en los análisis a los pobladores, se encuentran el manganeso, plomo, mercurio, cadmio, cobre, cromo total; zinc, aluminio, bario y cianuro, todos metales relacionados con la explotación minera.

Tras la notificación, las autoridades de Salud Pública tendrán un plazo de 30 días para presentar un informe. No está clarificada en el escrito del juez la cantidad de personas sobre las cuales deberán realizar el muestreo, dato que quedará a entendimiento del ministerio.

Lo otro que ordenó es la “reevalución del proyecto hidráulico y la estabilidad y seguridad del sistema hidráulico del valle de lixiviación“. Esta responsabilidad había caído en manos de la CAEM pero tras una corrección, pasó a manos de la Dirección de Hidráulica.

Consultado por el Diario de Cuyo sobre el porqué de esta nuevas medidas dictadas, Oritja explicó: “Entiendo que están dadas las condiciones o que ha pasado un tiempo prudencial para determinar si efectivamente los derrames que se han venido produciendo o la actividad de la mina ha dejado algún tipo de secuela en el ambiente o la salud de las personas“.

“El problema que tenemos con el daño ambiental es que no es detectable en forma inmediata“, explicó el magistrado.

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