El Gobierno prorrogó hasta 2027 un impuesto que recae sobre las importaciones

Javier Milei decidió mantener el cargo de 3% que deben afrontar las empresas y las personas al momento de adquirir productos importados. En el caso de los particulares, el impuesto afecta las compras en plataformas del exterior.

Los importadores no se verán beneficiados con la reducción de los costos impositivos, una de las promesas fundamentales que Milei realizó en la campaña. Foto: archivo NA.

El Gobierno prorrogó hasta fines de 2027 el pago de la tasa de estadística, sobre los productos importados para consumo, que tenía vencimiento en el final del actual calendario, a través del Decreto 1140/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial. El impuesto, fijado en 3%, vencerá el 31 de diciembre de 2027.

Javier Milei decidió mantener el cargo que deben afrontar las empresas y las personas al momento de importar. En el caso de los particulares, cuando adquieran productos en plataformas del exterior.

Con esta medida, los importadores no se verán beneficiados con la reducción de los costos impositivos, una de las promesas fundamentales que Milei realizó en la campaña.   

La prórroga de la tasa fue argumentada por el Ejecutivo considerando que "frente al actual contexto económico mundial, el incremento de las operaciones comerciales internacionales y la agilización y simplificación del comercio exterior, resulta imprescindible mantener el servicio estadístico que se brinda sobre las importaciones definitivas y continuar con la aplicación de la normativa vigente aplicable a la tasa de estadística que remunera dicho servicio".

La alícuota de la tasa de estadística es 0% para la importación de ciertos bienes de capital destinados a la producción de hidrocarburos provenientes de reservorios no convencionales, así como para ciertas líneas de producción usadas y productos para la industria hidrocarburífera.

Además, también seguirán estando exentas del pago de la tasa "aquellas destinaciones registradas en el marco de Acuerdos Preferenciales suscriptos por la República Argentina que específicamente contemplen una exención, para aquellas destinaciones que incluyan mercadería originaria de los Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR)".

Según la resolución, la aplicación de dicha tasa no podrá superar los montos máximos que se indican a continuación:

Cuando la base imponible tiene un costo menor a US$10.000, el máximo es de US$180.

Entre US$10.000 y US$100.000, el tope es de US$3.000.

Entre US$00.000 y US$1.000.000, el máximo se eleva hasta US$30.000.

Mayor a US$1.000.000, el desembolso tope es de US$150.000.

La extensión de la vigencia de la tasa de estadística se viene realizando periódicamente en cada vencimiento, la vez pasada fue en 2020 durante el gobierno de Alberto Fernández al prolongar el plazo hasta el 31 de diciembre de 2024.

Fuente: NA

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