Pese al anuncio de quita del Impuesto PAIS, se seguirá pagando el 30% al comprar dólares

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) precisó que desde el 23 de diciembre el valor del dólar ahorro / tarjeta surgirá del precio del dólar oficial más el 30%, a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Economía19/12/2024Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
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Foto: NA

A través de la Resolución 5617/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) precisó que el valor del dólar ahorro / tarjeta surgirá del precio del dólar oficial más el 30%, a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los bienes personales desde el 23 de diciembre. 

Esto significa que, aunque el Impuesto PAIS desaparezca, como lo anunció el Gobierno, los argentinos continuarán pagando las mismas percepciones al comprar dólares para atesoramiento o la liquidación ante compras con tarjetas de crédito o débito.

Por otro lado, ARCA afirmó que se encuentra en proceso de reintegrar las percepciones aplicadas bajo la Resolución General N° 4815/2020 hasta el año 2023 inclusive.

Se estima que la totalidad de las devoluciones se completarán en marzo de 2025, según señaló un comunicado de la agencia.

Detalló el diario Ámbito Financiero que el cobro por adelantado se aplica sobre personas humanas, jurídicas, sucesiones indivisas u otras que hayan realizado operaciones como compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento, pago de bienes o servicios en el exterior que se cancelen con tarjetas de crédito, y otra operaciones equivalentes, incluidas extracciones o adelantos en efectivo que se hagan en el exterior y pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país con dichas tarjetas. 

Indica este periódico especializado que podrán solicitar la tramitación del reintegro todas las personas que hayan sido alcanzadas por la percepción, aunque depende de las condiciones de los contribuyentes ante el fisco.

En el caso de los empleados en relación de dependencia que pagan Impuesto a las Ganancias, podrán cargar estas percepciones e informarlas a su empleador por el mismo valor de este impuesto que le fue retenido para la liquidación anual; y en el caso de autónomos que se vean alcanzados por alguno de los impuestos, tendrán que presentar la declaración jurada de cada período fiscal y, si en la misma tuviera un saldo a favor de Ganancias o de Bienes Personales, una de las formas de compensarlo es a través de este régimen.

Los contribuyentes que tengan que solicitar la devolución de percepciones debido a que no pagan Ganancias ni Bienes Personas, deberán entrar al portal de ARCA e iniciar sesión con su CUIT y contraseña. Una vez que ingresaron deberán seleccionar el servicio “Devolución de percepciones” que se puede escribir en la barra del buscador.

Dentro del servicio, la web de ARCA le va a indicar al usuario cómo cargar los datos. Las percepciones se cargan una por una. En el caso de personas que pagan con débito automático servicios de streaming, tendrán que buscar en los resúmenes de cuenta o de la tarjeta de crédito.

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