¿Cuáles son los requisitos para transitar las rutas de Córdoba?

A propósito de la temporada turística, Policía Caminera recordó a los automovilistas qué documentación llevar, velocidades máximas y más.
"Viajar y tener los conocimientos adecuados darán como resultado unas vacaciones seguras", sostuvo Policía Caminera. Foto. gentileza prensa.cba

En plena temporada turística, es importante recordar que hay condiciones obligatorias a la hora de circular por las rutas y caminos de Córdoba. De ahí que la Provincia, a través de la Policía Caminera, difundió a modo de repaso todos los datos necesarios sobre documentación, seguridad del vehículo, controles, traslado de menores y mascotas.

La documentación y objetos de seguridad 

DNI o Cédula de identidad. 
Carnet de conducir (Si tiene el carnet vencido, y la Municipalidad que lo otorgó dio prórroga que lo acompañe el decreto ya sea digital o física).
Cédula verde del vehículo.
Cédula azul, en caso de manejar un vehículo que sea de tu propiedad y que la cédula verde se encuentre vencida. 
Comprobante de póliza de seguro obligatorio vigente.
Matafuegos con control de carga y al alcance del conductor
Balizas portátiles.
Goma de auxilio y llave de ajuste.
En la Provincia de Córdoba el nivel de alcoholemia permitido es cero. 

Sobre los ocupantes del vehículo 

Utilizar el cinturón de seguridad.
Mantener las luces bajas encendidas en todo momento.
Respetar las velocidades máximas y normas de tránsito.
Avisar con antelación las maniobras con las luces adecuadas.
Mantener las distancias adecuadas entre vehículos.
No realizar adelantamientos indebidos.

Cinturón de Seguridad

El cinturón de seguridad debe estar a la altura del pecho del niño y no a la altura del cuello, por lo cual, de ser necesario, se deberá implementar una silla de transporte. Está prohibido viajar con un niño en brazos. El objetivo es que el cinturón de seguridad esté a la altura del pecho del pasajero y no a la altura del cuello.

Velocidad permitida

Las velocidades máximas indicadas para autos y motos son: en rutas convencionales, 110 km/h; y en autovías y autopistas, 130 km/h.

Luces

Respecto a las luces bajas, se recuerda que la Ley de Tránsito 8.560 indica que son las únicas adecuadas para circular. Ni las luces de posición ni las luces automáticas sustituyen este requisito. 

Señalización

Por otra parte, debe respetarse la señalización vial, tanto horizontal como vertical. No están permitidos los adelantamientos en doble línea amarilla, y sólo puede realizarse en línea blanca discontinuada, ya sea total o cuando ésta se encuentra en el sentido de circulación por donde tránsito.

Niños trasladados

En el caso de los niños menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero. Además, dependiendo de su anatomía deben utilizar una silla de transporte, y bajo ningún concepto, se puede viajar con un niño en brazos.

Las mascotas

En cuanto a las mascotas, la recomendación (no obligación) es que viajen en canil, sujeto este al cinturón de seguridad. Si no cuentan con el canil, el animal debe viajar sujeto de la correa al cinturón de seguridad. La mascota ocupa un lugar de pasajero.

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