Economía31/01/2022

La Afip extendió beneficios de planes de pago para deudores

El organismo dispuso que hasta el 31 de marzo de 2022 los contribuyentes podrán cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas.
El organismo también extendió los beneficios de los planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles, a través de dos Resoluciones Generales publicadas este lunes en el Boletín Oficial. Foto: ilustrativa

La AFIP dispuso este lunes que hasta el 31 de marzo de 2022 los contribuyentes podrán cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.

El organismo también extendió los beneficios de los planes de pago permanente, en cuanto a la cantidad de cuotas y planes adheribles, a través de dos Resoluciones Generales publicadas este lunes en el Boletín Oficial.

Las medidas apuntan a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y forman parte de las herramientas puestas a disposición por la AFIP para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid 19, destacó el organismo.

Y recordó que la extensión de los beneficios se suma a las herramientas excepcionales disponibles para regularizar pasivos, como son la moratoria y la condonación de deudas.

La moratoria permite la regularización de obligaciones vencidas al 31 de agosto en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de 1,5%, dependiendo del tipo de contribuyente.

La adhesión al plan de regularización se podrá realizar hasta el 15 de marzo de 2022, mientras que la primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el 16 de cada mes.

En tanto, la condonación de deudas inferiores a $100.000 para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas y la moratoria, permite incluir deudas vencidas al 31 de agosto de 2021, herramienta que estará vigente hasta el 2 de marzo.

La Resolución General 5143/2022 establece además que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones correspondientes al período fiscal 2020.

El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E.

El SIPER es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

En tanto, a través de la Resolución General 5142/2022, la AFIP extendió hasta el 31 de marzo de 2022 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes; el máximo es ocho cuotas y seis planes por persona.

Los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de marzo de 2022, destacó el ente recaudador.

Fuente: NA

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