Chubut: apuñaló a su ex mujer y le bajan la pena por una polémica frase
Lo condenaron por intento de femicidio a 12 años de prisión y ahora el Superior Tribunal de Justicia de Chubut le bajó la calificación porque sostiene que no hubo intención de matar.
Un polémico fallo dictado por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut disparó una verdadera polémica al haber bajado la calificación a un intento de femicidio, porque el agresor le dijo a su víctima "Te vas a acordar de mí".
Para los jueces, esas palabras sirvieron de prueba para revelar que la intención de Brian Petrillán no habría sido asesinar a su ex mujer, a la cual apuñaló cinco veces frente a sus hijos y a quien dejó incapacitada para caminar normalmente.
Había sido condenado por intento de femicidio a la pena de 12 años de prisión. Pero ahora el tribunal le bajó la calificación: sostiene que no hubo intención de matar.
En una resolución que está firmada por Miguel Donnet, Mario Vivas y Alejandro Panizzi, el máximo órgano de justicia de la provincia revocó la condena por intento de femicidio y lo recalificó como "lesiones graves agravadas por ser ocasionadas en un contexto de violencia de género". Con esta modificación, la pena será de entre 3 y 10 años, según se resuelva en una nueva audiencia.
Los jueces tomaron los argumentos del defensor público Custodio Gómez, quien sostuvo que "las estocadas (estaban dirigidas) a las piernas de la mujer, lo cual indicaba que su intención era lesionarla, no matarla. Hubiera sido distinto si las puñaladas se habrían dirigido de la cintura para arriba, al cuello o al tórax".
Pero lo más llamativo del fallo es la interpretación que hicieron los ministros de una frase que pronunció el hombre en el momento del ataque. Es que, según consta en el expediente, Petrillán le dijo a la mujer "te vas a acordar de mí". Los magistrados valoraron esas palabras. Reconocieron "la actitud asumida por el autor durante la ejecución del hecho, que no avanzó hasta quitarle la vida, sino que le dijo que se acordaría de él".
Para el tribunal, también fue un indicio que no tuvo intención de matar el que en la "habitación hubiera un menor, al que Petrillán vio, que podía dar aviso del ataque o pedir auxilio, y el hecho de que el atribuido detuviera la agresión sin que mediara un acto o acción de un tercero".
El hecho que analiza la Justicia se produjo del 11 de Junio de 2016, cuando Juan Braian Petrillán fue al domicilio de Erika Gallego, quien se encontraba durmiendo en su casa junto a sus hijos menores. Pateó la puerta y le asestó cinco puñaladas "produciéndole heridas de tal gravedad, provocándole una substancial pérdida de sangre", indica la sentencia, según informó el Ministerio Público Fiscal de Chubut.
La agresión ocurrió frente a sus hijos. Incluso fue uno de los pequeños que salió de su casa y le advirtió a su abuela lo que había pasado. La mujer encontró "a los menores llorando y a su hija tirada en un charco de sangre, por lo que la trasladaron inmediatamente al Hospital", indica el expediente judicial. Gallegos sufrió "un grave compromiso vital" y las lesiones le generaron una discapacidad para caminar.
El agresor, quien ya había sido condenado en primera instancia, ahora se verá beneficiado con una reducción de la pena.
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