
El régimen de "zona fría" no regirá para quienes tengan más de dos medidores a su nombre
Redacción La Nueva Mañana


A través de las resoluciones 216/2025 y 219/2025, publicadas este lunes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía de la Nación estableció nuevos parámetros para el otorgamiento de subsidios de gas en las llamadas "zonas frías".
La nueva disposición restringe el acceso al beneficio a quienes tengan más de dos medidores a su nombre, en una medida que se estima que podría afectar a 137 mil usuarios.
El Régimen de Zona Fría prevé la aplicación de cuadros tarifarios diferenciales (con descuentos de entre el 50% y el 70% de las tarifas plenas) para los beneficiarios en las zonas geográficas alcanzadas.
Explicaron oficialmente que en el marco de un "Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados", prorrogado hasta el 31 de mayo de 2025, la Secretaría ha estado evaluando la estructura de subsidios; y que de las evaluaciones realizadas sobre datos proporcionados por el Ente Nacional de Regulador del Gas (ENARGAS), se identificó un número considerable de registros de beneficiarios repetidos: 137.975 CUIT/CUIL de titulares con el beneficio asignado automáticamente para dos o más medidores.
Según la resolución, la tenencia o registro de múltiples medidores es un indicador de que el beneficiario es titular, posee u ocupa más de un inmueble; lo que implicaría una contradicción con la condición de vulnerabilidad que es necesaria para acceder al descuento mayor.
Por ello, la Resolución 219/2025 instruye a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético a aplicar un nuevo criterio en la conformación del Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría.
Por otro lado, se precisó que hasta ahora los usuarios dentro del régimen de “Zona Fría Ampliada”, que cobran menos de cuatro salarios mínimos y contaban con más de un medidor o suministro a su nombre, podían acceder al beneficio del 50% de descuento en todos ellos.
Ahora podrán acceder al subsidio del 50% en solo uno de sus suministros. En los restantes, se aplicará la bonificación general del 30%, prevista por ley.
El régimen de Zona Fría comprende principalmente a la Patagonia y algunas áreas del centro y norte del país. Se aplica en provincias como Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza, Río Negro, Neuquén, Chubut, La Pampa, Santa Cruz, Tierra del Fuego, así como en algunas áreas de San Luis, La Rioja, Salta, Tucumán, Catamarca y San Juan.
Fuente: NA
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