Toda la verdad sobre la ITV en la provincia de Córdoba para evitar confusiones

El tema resulta complejo por la superposición de reglamentaciones nacionales, provinciales y locales. Detalles sobre cuándo es exigible y qué otra documentación pedirán para circular en rutas nacionales y provinciales.

Córdoba11/01/2025Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
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No siempre es exigible la ITV; depende del municipio en que esté radicado el vehículo.Foto: gentileza.

No siempre es exigible la ITV; depende del municipio en que esté radicado el vehículo.

Con respecto al marco legal, el sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria se encuentra regulado por la Ley 24.449 en su artículo 34° y su correspondiente reglamentación, artículo 34° inciso 1 del Anexo I del Decreto Nº 779/1995.

La Revisión Técnica Obligatoria, RTO, (nombre de la Ley Nacional N° 24.449) o Inspección Técnica Vehicular, ITV, (como lo establece la ley provincial de tránsito, Nº 8560), se ocupan de lo mismo, pero básicamente delegan la tarea práctica sobre los municipios.

Todos y cada uno de los municipios puede establecer su propia Inspección, incluidos por ejemplo los 257 municipios de la provincia de Córdoba, o los 135 de la Provincia de Buenos Aires, y así. Porque la ley nacional los invita a adherirse. 

Y la provincia de Córdoba, hace lo propio: el art. 35 de la ley de tránsito dice: “REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA. EL Poder Ejecutivo, por vía reglamentaria, instrumentará los mecanismos para la revisión técnica obligatoria, pudiendo realizarlo por sí, por convenios con municipios o comunas de la Provincia o por cualquier otro organismo oficial o privado”.

En tanto, el período de gracia para los 0 km y la duración de la validez de las inspecciones, no coinciden entre las diferentes jurisdicciones. No ponemos aquí ejemplos para no complicar la lectura.

 
Exigible a quién


De este modo, los municipios que han implementado ITVs o RTOs, pueden exigirle a cualquier persona que circule con un vehículo radicado en ese municipio, circular con la oblea visible. Préstese atención entonces: los vehículos radicados en la ciudad de Córdoba, deben circular con la ITV al día en la Ciudad de Córdoba.

Como la Municipalidad y la Provincia han establecido un convenio de delegación, entonces, si un vehículo radicado en la ciudad de Córdoba es controlado por la Policía Caminera (Provincial) en cualquier punto de la provincia, también se lo pueden exigir. Además, las multas por no tenerlo son grandes, junto con quita de puntos.

Pero si usted es de otro municipio, si su vehículo está radicado en cualquier otro municipio de Córdoba, se lo podrán exigir solo en el caso de que ese municipio tenga ITV propia. Que por ahora no son muchos. Doce para ser precisos. Y el policía de Caminera que efectuara el control, debería conocer cuáles son, cosa que nos permitimos poner en duda.

Fuente: Cba24n.

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