Se presentó la convocatoria para la Ley de Reconocimiento al Mérito Artístico 2023

La Provincia distingue a artistas con una remuneración mensual. Las bases y condiciones estarán disponibles desde el 2 de octubre en cultura.cba.gov.ar.

Cultura29/09/2023Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
Presentacion-Merito-Artistico-1 (Gobierno de córdoba)
Foto: Gobierno de Córdoba

La Provincia presentó un nuevo llamado para las postulaciones al Mérito Artístico 2023, mediante el cual el Gobierno distingue con una ayuda económica mensual para creadoras y creadores artísticos, intérpretes y figuras que se hayan distinguido en el desarrollo de sus actividades y que puedan acreditar su trayectoria.

La convocatoria selecciona artistas que se destaquen en danza, artes audiovisuales, artes visuales, escritura, música y teatro.

En el acto de lanzamiento, estuvieron presentes artistas y sus familiares, junto al presidente de la Agencia Córdoba Cultura, Raúl Sansica, quien resaltó el rol del Estado en esta convocatoria: “La cultura es identidad, diversidad y patrimonio pero también es trabajo. El Estado está presente fomentando, produciendo y difundiendo el arte y a nuestros artistas. También es un deber acompañarlos a lo largo de toda su vida”.

A su vez, el actor, dramaturgo, director y docente, José Luis Arce, auguró: “Tenemos la expectativa de cubrir jurídica y legalmente las situación de los artistas cuando dejan de trabajar. Se viven nuevas situaciones de vulnerabilidad que ingresan con el avance de la edad”.

Las bases y condiciones para las postulaciones estarán disponibles a partir del lunes 2 de octubre en cultura.cba.gov.ar. En 2022 se entregaron seis reconocimientos y para este año habrá siete artistas que serán destacados con el Régimen al Mérito Artístico.

Cabe mencionar que la Ley Provincial 9578 distingue a personalidades del arte, mayores de 65 años, con una ayuda económica mensual.

De acuerdo a esta norma y su Decreto Reglamentario Nº 1136/09, los artistas son seleccionados por una comisión ad-honorem y gozarán de una gratificación mensual de carácter personal, intransferible, vitalicia y excepcional, equivalente a tres veces y media del haber mínimo de una jubilación ordinaria de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia y estarán amparados, al igual que sus cónyuges o convivientes, por la Administración Provincial de Seguro de Salud (Apross).

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