
Villa Mascardi: se logró un acuerdo entre el Estado y el Pueblo Mapuche
Redacción La Nueva Mañana
Este jueves, el Estado (funcionarios nacionales y de la provincia de Río Negro) y organismos de derechos humanos y de la comunidad mapuche ratificaron un acuerdo de conciliación que permitirá resolver la situación de cuatro mujeres detenidas hace casi ocho meses en Bariloche, tras haber sido desalojadas de la localidad de Villa Mascardi, Río Negro, en el marco de una causa judicial por usurpación y de una vieja disputa territorial entre los habitantes de esa región.
Se trata de Luciana Jaramillo, María Celeste Ardaiz Guenumill, Romina Rosas y Betiana Colhuan (considerada "machi" o líder espiritual del Pueblo Mapuche), todas integrantes del Lof Lafken Winkul Mapu, detenidas junto a sus hijos en un operativo de fuerzas federales y provinciales el 4 de octubre del año pasado, en el que se desalojaron varios predios en las inmediaciones de la ruta 40, en Villa Mascardi.
Las cuatro fueron procesadas por la jueza Silvina Domínguez, quien elevó a juicio la causa el 6 de enero pasado por el delito de usurpación y dispuso prisión domiciliaria para las mujeres a cumplir junto a sus hijos en una casa comunitaria de Bariloche, lejos de su comunidad, una condición que fue reiteradamente denunciada por organismos de derechos humanos, referentes gremiales y juristas.
Según lo ratificado este jueves, en razón de lo delineado en febrero, la defensa de las mujeres y la querella (Administración de Parques Nacionales) deberán presentar ante la justicia un "acuerdo de conciliación" que incluirá lo establecido en el acuerdo suscripto en la mesa de diálogo del jueves.
Así lo revelaron a Télam algunos asistentes a la reunión que se realizó a puertas cerradas durante algo más de ocho horas en la sede de la ex Esma y que fue encabezada por el secretario de Derechos Humanos, Horacio Pietragalla Corti, acompañado por funcionarios de los ministerios de Mujeres, Géneros y Diversidad y de Seguridad, y del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.
El Estado se comprometió a reconocer al "rewe" como el lugar sagrado para el Pueblo Mapuche en Villa Mascardi, donde una de las detenidas, la machi Colhuan, podrá "regresar y retomar su tarea espiritual".
También la Administración de Parques Nacionales "extenderá autorización para se construyan tres viviendas (Ruka Lawen; Ruka Kellun y la Ruka de la machi)" y concederá el "derecho de uso" mientras se define la reubicación de la comunidad, en base a lo estipulado por la Constitución Nacional.
Se acordó además que, a partir del 5 de junio, las comunidades mapuches designarán "entre 4 y 6 personas que podrán acceder al "rewe" para constatar su estado".
La ex Esma fue sede del cuarto encuentro para resolver la situación, luego de que el presidente Alberto Fernández convocara en diciembre pasado a una mesa de diálogo que destrabara la disputa tras el desalojo de la comunidad mapuche.
Con esta ratificación quedó suscripto el acuerdo al que se había arribado en febrero pasado y que permite allanar el camino para el retorno de las mujeres a su lugar de origen y de la machi Colhuan al "espacio de sanación".
En otro orden, la Cámara Federal de Casación Penal intervino en la disputa judicial, hizo lugar a los reclamos de la defensa de una de las detenidas (María Celeste Ardaiz Huenumil) sobre la falta de perspectiva de género y de abordaje de conflictos en los que intervienen personas de comunidades indígenas y ordenó que se dicte un nuevo fallo sobre su pedido de excarcelación.
Los abogados habían planteado que el rechazo judicial a la excarcelación de Huenumil "carecía de perspectiva interseccional que receptara su calidad de mujer mapuche" y reclamaron que atendiera el principio del interés superior del niño.
La sala segunda de la Casación, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma y Alejandro Slokar hizo lugar a los reclamos de la defensa y censuró la resolución del juez de primera instancia por entender que no había considerado el interés superior de las tres hijas de Huenumil, de 10 meses, 6 y 9 años de edad, y que tampoco se había verificado la existencia de riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación.
El juez Slokar, quien lideró el acuerdo, sostuvo que “los estándares legales en materia de género y de abordaje de conflictos con participación de integrantes de comunidades indígenas demandan una aproximación a la concreta situación de la encausada que recepte la interseccionalidad de sus vulnerabilidades”.
Con acervo en los estándares internacionales en materia de derechos de los pueblos originarios, destacó en que “los Estados deben adoptar medidas especiales y específicas destinadas a proteger, favorecer y mejorar el ejercicio de los derechos humanos por los pueblos indígenas y tribales y sus miembros”.
Fuente: Télam
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