Multan con $5 millones a WhatsApp por sus cláusulas de privacidad

La sanción recae sobre Facebook y es aplicada por el Ministerio de Desarrollo Productivo. Es el valor máximo determinado por la Ley Defensa del Consumidor.

País 06/01/2022
whatsapp
Multan con $5 millones a WhatsApp. Foto: Gentileza

El Ministerio de Desarrollo Productivo aplicó una multa de $5 millones a la empresa Facebook Argentina SRL.

La sanción es por la inclusión de cláusulas abusivas en sus Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del servicio WhatsApp de mensajería instantánea.

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (DNDC) determinó que las cláusulas “no cumplen con el deber de brindar información cierta, clara y detallada”. La infracción es a los artículos 4° y 37° de la Ley de Defensa del Consumidor. 

Además, explicaron que “resultan abusivas ya que la firma se desliga de sus obligaciones al limitar su responsabilidad por daños, restringir los derechos del consumidor y, por lo tanto, ampliar los de la empresa”. 

Estas cláusulas le conceden la facultad a la firma de modificar unilateralmente los términos del contrato al mismo tiempo que la autoriza a rescindir el contrato sin causa y sin que medie incumplimiento del consumidor, señaló el Ministerio de Desarrollo Productivo en un comunicado.

El proceso administrativo se inició a partir de una denuncia recibida por parte de la DNDC contra la empresa Facebook Argentina SRL por la modificación de los Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del Servicio para WhatsApp, anunciado en enero de 2021.

Por otra parte, detectaron una cláusula de prórroga de jurisdicción, que le otorga al proveedor la facultad exclusiva de elegir el tribunal competente para la resolución de conflictos, cuando la normativa establece lo contrario. 

En este caso, los usuarios de Argentina deberían ante un conflicto recurrir exclusivamente al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California o un Tribunal Estatal ubicado en el condado de San Mateo en California.

Además, la empresa incumpliría con el deber de brindar información clara, ya que establece que la única versión válida al momento de dirimir un conflicto es la escrita en idioma inglés y las traducciones no tienen carácter oficial.

Por último, la compañía procura, además de los números de teléfono de los usuarios de WhatsApp, arrogarse la potestad de requerir de las y los usuarios del servicio de mensajería los contactos de sus libretas de direcciones, sin determinar el objeto, ni su alcance y, dejándolo librado a su exclusivo recurso.

Fuente: Télam

Últimas noticias
Luis Díaz abogado

Mega DNU de Milei: es cordobesa la primera demanda de inconstitucionalidad admitida del país

Consuelo Cabral
28/04/2024

La acción declarativa de inconstitucionalidad contra el DNU 70/2023 presentada por un conjunto de ciudadanos y abogados de Córdoba con el patrocinio del abogado cordobés Luis Díaz fue recibida por el juez federal Hugo Miguel Vaca Narvaja. “Es la única ADI no rechazada in límine del país. El jueves pediremos al Juzgado que cumpla la acordada de la Corte Suprema reconociendo el proceso colectivo”, señaló Díaz a LNM.

Te puede interesar
Villarruel by NA

Villarruel convocó a sesión preparatoria del Senado para el 23 de febrero

Redacción La Nueva Mañana
País 16/02/2024

El Decreto DPP 10/24 firmado por la vicepresidenta establece que la reunión parlamentaria se llevará a cabo desde las 10. Ese mismo viernes fue reclamado por el interbloque del Frente de Todos para celebrar una sesión especial para tratar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 firmado por el presidente Javier Milei apenas asumió en su mandato.

Lo más visto