
Ficha Limpia ensució la imagen de Milei, que habría intervenido para no aprobarla
En medio de acusaciones del PRO y una defensa frágil del oficialismo, quedó flotando la idea de que Milei intervino para que Ficha Limpia naufragara en el Senado.
La diputada nacional Gabriela Estévez presentó en la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir Dignamente, conocido como “Ley Alfonso”.
País06/12/2021La diputada nacional Gabriela Estévez (Córdoba-Frente de Todos) presentó esta mañana en la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de Ley de Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir Dignamente, más conocido como “Ley Alfonso”.
“El proyecto es un homenaje a Alfonso y una caricia para todas esas personas que están atravesando una enfermedad incurable o un padecimiento crónico con un sufrimiento tan insoportable como innecesario”, comentó Estévez. “El proyecto busca garantizar a todas las personas que se encuentran o puedan encontrarse en el futuro en esta situación, la libertad de elegir una buena muerte. El Estado no puede obligar a las personas a atravesar el final de su vida en condiciones de sufrimiento inhumanas. Por el contrario, debe respetar su autonomía de la voluntad y proteger su dignidad humana”, agregó la diputada kirchnerista.
Entre los principales puntos del proyecto de Ley se destacan los siguientes:
- Se incluye la prestación de ayuda para morir dignamente en el Programa Médico Obligatorio y en el Programa de Garantía de Calidad de la Atención Médica.
- La prestación se puede producir en dos modalidades: la administración directa al/a la paciente de una sustancia por parte de un/a profesional de la salud competente; o la prescripción o suministro al/a la paciente por parte de un/a profesional de la salud competente de una sustancia, de manera que este/a se la pueda auto administrar.
- Para poder recibir la prestación el/la paciente debe sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante; tener nacionalidad argentina o residencia permanente no inferior a un año, tener mayoría de edad y ser plenamente capaz; y solicitar la prestación de manera libre, voluntaria e informada. En los casos que el/la paciente sea declarado/a incapaz o no pueda manifestar su voluntad, sólo se le dará curso a la prestación si existe directiva anticipada.
- En el proceso interviene un/a médico/a responsable, un/a médico/a consultor/a que no pertenece a la misma institución que el/la primero/a, y una consejería conformada por psicólogos/as y psiquiatras, quienes deben certificar la situación del paciente, su voluntad de morir dignamente y su plena capacidad para tomar la decisión.
- Se reconoce el derecho a la objeción de conciencia de los/as profesionales de la salud, en los mismos términos que la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo.
- Se crea una Comisión Nacional de Evaluación y Control con el propósito de garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley y proteger los derechos de los/as pacientes.
El proyecto de Ley comenzó a elaborarse en el año 2018 a partir de un compromiso asumido por Estévez con Alfonso Oliva, un joven cordobés que padecía E.L.A. (esclerosis lateral amiotrófica), que falleció en 2019. El proceso de redacción del proyecto de Ley contó con el activo asesoramiento del Dr. Carlos “Pecas” Soriano, médico especialista en bioética, y de la Dra. Marisa Herrera, abogada especialista en derecho civil.
El proyecto de Ley autoría de la diputada nacional Gabriela Estévez, también fue suscripto por las diputadas nacionales Mara Brawer, Carla Carrizo, Carolina Gaillard, Mónica Macha, Cecilia Moreau, Florencia Lampreabe y Jimena López.
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