
La Cámara de Mar del Plata revocó la prohibición de salida del país a Macri



La Cámara Federal de Mar del Plata revocó la prohibición de salida del país del expresidente Mauricio Macri en la causa por supuesto espionaje ilegal a familiares de víctimas del hundimiento del submarino ARA San Juan y ordenó al juez de la causa, Martín Bava, dictar una nueva resolución con "suficiente fundamentación".
El Tribunal de Apelaciones revocó la medida dispuesta contra Macri cuando se lo convocó a declaración indagatoria en el caso y dispuso "reenviar la cuestión al juez de grado (Bava) a los fines que dicte un nuevo pronunciamiento en donde analice la variable cautelar escogida y exponga suficiente fundamentación", según la resolución.
La decisión fue de los jueces del Tribunal de Apelaciones Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez, quienes hicieron lugar a una apelación del abogado de Macri, Pablo Lanusse.
La Cámara sostuvo que el magistrado "ha prescindido explayarse de un modo integral, certero y actual sobre aquellas circunstancias que lo ayudaron a convencerse intrínsecamente sobre la necesidad de imponer la prohibición de salida del país de Mauricio Macri, ni ha aportado información de calidad que robustezca" esa decisión.
Bava "no ha analizado ni las diferentes medidas alternativas de cuidado, ni ha expuesto las alegaciones que lo convencen en su faz interna en la necesidad de adoptar la medida cautelar fijada", agregaron.
El fiscal general ante la Cámara, Juan Manuel Pettigiani, dictaminó al realizarse la audiencia por esta apelación que debía "revocarse" la prohibición de salida del país dictada a Macri y la calificó de "desproporcionada".
Macri ya fue indagado en la causa y el magistrado de Dolores tiene que resolver su situación procesal. El expresidente viajó a Arabia con permiso judicial y había solicitado que se lo autorice a ir a Chile a fin de mes.
"Es dable marcar que la prohibición de salida del país importa una clara limitación a la prerrogativa constitucional prevista en el art. 14 de la ley fundamental, la que nos da la pauta del recelo que se debe tener cuando se decreta una medida de tamaña repercusión" sostuvo el fallo de Cámara.
Los jueces del Tribunal de Apelaciones apuntaron que "la restricción de un derecho fundamental como la libertad física solo debe instalarse cuando fuere inevitable asegurar de otro modo la comparecencia del imputado a juicio o la suerte de la pesquisa".
La semana pasada, la Cámara confirmó a Bava al frente de la causa al rechazar una recusación de la defensa de Macri.
Fuente: Agencia Télam


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