La Afip renueva medidas de alivio para pymes y actividades críticas

El organismo suspendió oficialmente hasta el 30 de noviembre, inclusive, el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares a micro y pequeñas empresas.

Economía 26/08/2021
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La normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales. Foto: NA

La AFIP suspendió oficialmente este jueves hasta el 30 de noviembre, inclusive, el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares a micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.

La suspensión estaba prevista hasta el 31 de agosto, pero el ente recaudador decidió extenderla por tres meses, en el contexto de la emergencia sanitaria.

La Resolución General N° 5052, publicada este jueves en el Boletín Oficial, mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones.

A través del texto oficial, la AFIP suspende para el universo de empresas beneficiadas la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar.

La normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales.

Esta decisión ofrece un instrumento adicional para que las micro y pequeñas empresas, así como las firmas que desarrollan actividades críticas, "puedan amortiguar los efectos económicos de la pandemia sobre los contribuyentes", destacó la AFIP.

Y añadió que lo dispuesto "no obsta al ejercicio de las facultades de esta Administración Federal en casos de grave afectación de los intereses del Fisco o prescripción inminente".

El organismo aclaró que estas medidas apuntan a "morigerar el impacto negativo y no deseado" de la pandemia "sobre diversos sectores de la economía, y generar las condiciones necesarias para lograr la recuperación de la actividad productiva y preservar las fuentes de empleo".

"Atento que continúan vigentes las razones que motivaron las mencionadas suspensiones, resulta aconsejable extender su temporalidad hasta el 30 de noviembre de 2021, inclusive", resaltó.

Fuente: Noticias Argentinas

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