
El Estado nacional apelará el fallo de un juez que ordenó suspender la Ley de IVE



El Estado nacional apelará inmediatamente la decisión del juez federal Alfredo Eugenio López, titular del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata, que decreta, en virtud de una medida cautelar, la inaplicabilidad de la Ley N° 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en hospitales nacionales.
El Ministerio de Salud y el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación llevarán adelante diferentes acciones para asegurar el cumplimiento de una ley votada por el Congreso de la Nación, según informaron desde el Gobierno.
La Ley N° 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), sancionada por el Congreso Nacional el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021, está en vigencia en todo el territorio nacional.
El pasado 28 de mayo, además, fue aprobado mediante la Resolución ministerial 1531/2021 el protocolo para la atención integral que ofrece una guía a los equipos y establecimientos de salud para que cumplan con la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y atención posaborto, en el contexto del compromiso del Estado argentino con el cumplimiento de los derechos sexuales y reproductivos establecidos en el marco jurídico nacional, específicamente, en la Constitución nacional, Tratados Internacionales de Derechos Humanos, el Código Penal y el Código Civil y Comercial de la Nación, así como por todas las leyes concordantes de protección de pacientes, mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad, entre otras.
Al respecto desde Católicas por el Derecho a Decidir denunciaron que el juez López tiene "trayectoria en otras causas de obstaculización de derechos a la libertad sexual y reproductiva". "Su accionar demuestra un absoluto desconocimiento del marco normativo vigente, además de incurrir en evidentes intromisiones en la autonomía sexual de la ciudadanía", remarcaron desde el colectivo.
Y completaron: "Como mujeres de fe nos vemos en la urgencia de manifestar que nuestras creencias personales y convicciones morales no pueden ser argumentos para fundar sentencias y mucho menos para limitar derechos y políticas públicas. Resulta profundamente preocupante el hecho de que el juez inicie su fallo manifestando su calidad de católico "respetuoso de la vida". De esta manera, no sólo explicita convicciones que lo ubican en una mirada plagada de preconceptos, sino que las antepone como fundamentos, desconociendo que los jueces no pueden ser objetores de conciencia, ni negarse a aplicar o a reconocer una ley legítimamente dictada, con amplio consenso social".
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