Siempre resulta tentador decirles a los demás que nuestros males lo reconocen como fuente; así nos despegamos de nuestra propia responsabilidad, cargamos al de enfrente con la mochila de la frustración, la derrota y la vergüenza.
Piden llevar a juicio al cordobés que viajó a Mar del Plata con Covid
El Ministerio Público Fiscal solicitó la elevación de la causa a instancia de debate oral. Están imputados el joven que usó identidad apócrifa y su amigo que le prestó el auto.
País 31/05/2021A menos de un año de un caso que resonó en los inicios de la pandemia por coronavirus, la fiscala Laura Mazzaferri, a cargo de la Fiscalía Federal N° 1 de Mar del Plata, requirió la elevación a juicio de la causa que tiene como acusados a dos jóvenes amigos: como principal responsable de la acción, el hombre que viajó más de mil kilómetros desde Córdoba hasta la ciudad costera con documentación ideológicamente falsa, dado que el DNI, la Cédula Verde y el registro de conducir –como el auto en que se trasladó- eran de un amigo, quien quedó involucrado como partícipe necesario del hecho.
El principal acusado llegó a Mar del Plata por la ruta 226 el 20 de junio de 2020. En el último control, como en los anteriores, presentó la documentación del vehículo en que viajaba en regla y una Declaración Jurada Excepcional para Circulación de Emergencia Sanitaria, donde constaba que iba a esa ciudad a cuidar a una señora mayor. Le dijeron que era obligación un aislamiento de 14 días y/o el hisopado para determinar la presencia o no de coronavirus, y ya que optó por esta última alternativa, lo escoltaron hasta un laboratorio privado. Cuando se conoció que había arrojado resultado detectable para Covid-19, lo llamaron de inmediato. Pero el teléfono lo respondió el dueño de esa identidad, que no estaba en Mar del Plata sino en Córdoba.
La investigación, que permitió desentramar los hechos, fue desarrollada por la Fiscalía Federal N° 1, quien formuló la acusación en base a los hechos y la calificación legal escogida al momento de los procesamientos, que fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones: se trata de infracciones a los artículos 205 y 293 del Código Penal, en concurso real. “En orden al delito de violación de medidas sanitarias para impedir la introducción o propagación de una epidemia (artículo 205 del Código Penal), ha quedado demostrado -con el grado de certeza que en esta etapa se exige- que la conducta desplegada por los acusados ha ido lisa y llanamente en contra de las medidas sanitarias dispuestas”, sostuvo la fiscala en su dictamen.
La causa se enmarca en la pandemia mundial por el brote del coronavirus, que la Organización Mundial de la Salud declaró el pasado 11 de marzo de 2020, y nueve días después el Gobierno nacional, con el objetivo de proteger la salud pública, estableció para todas las personas que habiten en el país o se encontraren en él, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Entre las restricciones impuestas estaba la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus Covid-19. “Esta situación, aunque con algunas excepciones, era la que regía en el mes de junio de 2020, al momento en que se perpetraron los sucesos”, apuntó el MPF.
Fue en este contexto de crisis sanitaria que el principal acusado se trasladó desde la ciudad de Córdoba hasta Mar del Plata, a fines de encontrarse con su pareja, falseando el Certificado Único Habilitante para Circulación y exhibiendo a cada requerimiento documentación de un tercero. “Ello a sabiendas de las estrictas restricciones impuestas en torno a la circulación interjurisdiccional, puesto que se movilizó, como se indicó, muñido de documentación ideológicamente falsa, a fines de garantizarse su ingreso a la ciudad. Además, se sometió al hisopado preventivo exigido por el Municipio al que intentaba ingresar aduciendo razones de fuerza mayor, para la atención de una familiar, utilizando también los datos de (su amigo), dificultando así cualquier tipo de rastreo epidemiológico y la correcta actividad de la autoridad sanitaria”, acusó la fiscalía.
El principal acusado se trasladó en junio de 2020 desde Córdoba para encontrarse con su pareja, falseando el Certificado Único Habilitante para Circulación y exhibiendo a cada requerimiento documentación de un tercero. También se sometió al hisopado utilizando datos ajenos.
En este sentido, planteó que a partir de las conductas del joven, que estaban de por sí restringidas por las autoridades sanitarias de control, “se expuso a terceros a un riesgo -sin dudas- evitable”. “Se suma a ello, el dispendio de recursos humanos y materiales desembolsados por la administración pública -consecuentemente por parte de los contribuyentes- con el objeto de dar respuestas oportunas a las secuelas derivadas del accionar ilícito”, explicita el requerimiento de elevación a juicio haciendo allí alusión, no solo a la actividad desplegada en función de la investigación penal de los sucesos, sino también desde el punto de vista epidemiológico.
Desde la Fiscalía Federal N° 1 se había solicitado –y así fue ordenado por el juez interviniente Santiago Inchausti- el secuestro y embargo del automóvil cinco puertas que se encontraba ubicado en la cochera del edificio de la calle Gascón, donde el principal acusado había alquilado un departamento para pasar unos días con su novia. La intención es “inmovilizar aquellos bienes utilizados y/o que resulten objeto y/o producto del delito investigado, los que en una instancia ulterior podrían resultar pasibles de ser decomisados, ello teniendo en especial consideración lo dispuesto por el artículo 23 del Código Penal”. En esa misma dirección, se tuvo en cuenta la instrucción impartida por el Procurador General de la Nación interino mediante la Resolución PGN27/2020.
En esta instancia, Mazzaferri solicitó mantener el secuestro y embargo preventivo con fines de decomiso del vehículo, que “ha resultado objeto necesario para la comisión del delito investigado, motivo por el cual, de tener acogida favorable la presente requisitoria de elevación a juicio, se solicita se proceda a la anotación del rodado a disposición del órgano de juicio”.
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