Declaran inadmisible un amparo contra la reforma jubilatoria provincial

La Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación de Córdoba declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por un exmagistrado contra la Ley 10.694.

Córdoba 09/06/2020
Caja de Jubilaciones de Córdoba by Prensa Provincia
Caja de Jubilaciones de Córdoba. Foto: archivo.

La Justicia de Córdoba declaró inadmisible un amparo presentado por un ex magistrado contra el ajuste jubilatorio impuesto por el Gobierno provincial y aprobado por la Legislatura.

La Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación de la ciudad de Córdoba declaró inadmisible la acción contra la Ley 10.694 que modifica el régimen previsional de la Caja de Jubilaciones. El Tribunal consideró que, en este caso, la protección del derecho del accionante podía realizarse mediante una vía administrativa o judicial “más idónea” que el amparo.

El ex magistrado expuso que percibe una jubilación otorgada por la Provincia por su labor en el Poder Judicial de Córdoba y otra de la Caja de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba por haber ejercido como abogado litigante. Sin embargo, el Tribunal explicó que dicha caja profesional no está adherida al sistema de reciprocidad y, por lo tanto, el caso no está alcanzado la reducción de hasta un 20% en concepto de “aporte solidario” sobre los haberes previsionales en supuestos de acumulación de beneficios.

“El resto de la normativa impugnada no aparece, de forma ostensible, manifiestamente arbitraria; esto es, no se presenta como evidente que la aplicación de la Ley N° 10694 a la situación particular del actor importe la vulneración de su derecho adquirido constitucionalmente protegido, definido jurisprudencialmente por el TSJ (…) como el 82% móvil de la remuneración líquida del activo”, agrega la resolución.

El Tribunal también señaló que la constatación de la vulneración invocada sólo podrá verificarse mediante un mayor debate y aporte probatorio, lo que excede las posibilidades cognoscitivas propias de la acción de amparo.

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