
Disponen que hasta el 30 de junio no se puedan cerrar cuentas bancarias

El Gobierno nacional prorrogó hasta el 30 de junio inclusive la suspensión del cierre de cuentas bancarias o su inhabilitación, como así también la aplicación de multas, a través de un decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial.
La suspensión se había establecido originalmente entre el 24 de marzo y el 30 de abril, pero a raíz de la prórroga de la cuarentena, el Poder Ejecutivo dispuso extenderla dos meses más.
También se extendió hasta el 30 de junio la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley N° 14.499, respecto de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en su cumplimiento.
En el decreto publicado este viernes, el Poder Ejecutivo señaló que las multas administrativas, más allá de cuál sea el destino de su producido, "no persiguen fines recaudatorios sino incentivar a que no se produzca la conducta reprochada".
Por ese motivo, indicó que la situación económica producida por la pandemia "hace prever que el rechazo de cheques por falta de fondos habrá de incrementarse, no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores".
"En tales circunstancias, la aplicación de las multas previstas para el caso de rechazo de cheques no solo no cumpliría su finalidad, sino que agravaría la situación de sujetos ya afectados por la coyuntura económica, y el cierre de la cuenta e inhabilitación privaría a los agentes económicos afectados por estas de un elemento esencial para poder desarrollar sus actividades, perjudicando la posibilidad de realizar y recibir pagos, con el consecuente daño al conjunto de la economía", aclaró el Gobierno.
Por tanto, consideró necesario impulsar el otorgamiento de crédito en el marco de la emergencia económica existente.
Fuente: Noticias Argentinas


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