La Justicia rechazó la instalación de la Planta de Cormecor en Santa Ana

Se determinó que el centro de tratamiento de residuos, que busca instalarse desde 2016, no cumple con los requisitos socioambientales.

Córdoba 30/12/2019 Redacción La NUEVA Mañana Redacción La NUEVA Mañana
Santa Maria Sin Basura Facebook
El centro de tratamiento de residuos busca instalarse en la zona desde 2016. Foto: Facebook (Santa María Sin Basura).

La Justicia de Córdoba aceptó este lunes el amparo interpuesto por los vecinos de Villa Parque Santa Ana y rechazó la instalación del complejo ambiental de Cormecor.

La planta de tratamiento de residuos de todo Córdoba y Gran Córdoba, que se pretende instalar en esa zona desde 2016, no cumple con los requisitos socioambientales ni de distancia mínima con el borde urbano más cercano, según determina el fallo. 

Según explicó Lorena Fernández, abogada de los vecinos autoconvocado en el colectivo Santa María Sin Basura “se trató de un fallo en favor del ambiente”. “El cuerpo del fallo debe tener 100 páginas y no hemos tenido tiempo de valorarlo pero la parte resolutiva dispone que el predio presentado por Cormecor para la instalación de la planta no es apto tal como decían los estudios. Por lo tanto se ordena que no se instale la planta", remarcó la letrada según señala diario Sumario en Red.

Para la Cámara Contencioso Administrativa de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba tuvo especial relevancia la pericia técnica multidisciplinaria que, de manera exhaustiva, analizó la problemática. En este sentido, los peritos que intervinieron se expidieron de manera unánime. Como resultado de las pruebas reunidas, quedó acreditado que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) realizado por Cormecor cumple, en general, con los aspectos ambientales, en correspondencia con la realidad física y biológica del área a afectar.

Sin embargo, también quedó establecido que el emplazamiento en el lugar elegido se aparta sin fundamento suficiente de las recomendaciones del Instituto Superior de Estudios Ambientales (ISEA) de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) en cuanto a la distancia mínima que debe separar el emprendimiento del borde urbano más cercano.

Además, en la elección del sitio se han soslayado las implicancias sociales que sobre esa misma población tendría la ubicación de un emprendimiento de las características del previsto.

Vale destacar que la decisión aún puede ser apelada al Tribunal Superior de Justicia por la Provincia, Municipalidad de Córdoba y los otros municipios socios de Cormecor.

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