Avalan resolución que excluye de factura del agua impuesto para financiar cloacas

La Justicia también limitó la actuación de las prestatarias de un servicio público domiciliario como agentes de retención de los tributos municipales.

Córdoba27/12/2018Redacción La NUEVA MañanaRedacción La NUEVA Mañana
TSJ
La Justicia avaló la quita de tasas en facturas de servicios.Foto: archivo

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ordenó excluir de la facturación de la empresa Aguas Cordobesas S. A. la contribución municipal para la financiación de la estructura sanitaria y cloacal. De esta manera, rechazó el conflicto externo de poderes suscitado entre la Municipalidad de Córdoba, el Ente Regulador de los Servicios Públicos (Ersep) y la Provincia. 

El Alto Cuerpo señaló que si compete al Estado provincial la responsabilidad de proveer un servicio universal tan básico como es el suministro de agua potable es también a quien le concierne legislar sobre todo lo relacionado con su correcta prestación, entre lo que se encuentra, la forma de facturación.

"Lo resuelto por el Ersep y la norma legal referida, en nada agravia la autonomía municipal ni su plena potestad de establecer el tributo, determinar el agente de percepción y el cobro al sujeto pasivo de la obligación. Sólo que, por razones de mérito, oportunidad o conveniencia, establece un límite a la percepción del tributo municipal en la boleta del servicio público provincial", aclaró el TSJ.

También se convalidó la Ley Nº 10545 que limitó la actuación de las prestatarias de un servicio público domiciliario como agentes de retención de los tributos municipales.

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