La Corte ordenó a los tribunales que garanticen la presencialidad del personal

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales nacionales y federales que dispongan las medidas para que se garantice la "presencialidad" del personal "en el ámbito de sus fueros y jurisdicciones".

La Corte Suprema de Justicia de la Nación. - Foto: gentileza.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales nacionales y federales que dispongan las medidas para que se garantice la "presencialidad" del personal "en el ámbito de sus fueros y jurisdicciones" y "asegurar la mejor prestación del servicio", al hacer lugar a un pedido del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal.

Así lo informó este martes el Colegio, presidido por el excamarista federal Ricardo Gil Lavedra, que explicó que "el pedido del 28 de julio dirigido al titular de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, exigió la normalización de la actividad presencial en los órganos judiciales, respaldándose en la Acordada 24/21, del 14 de octubre de 2021, la cual ordenó el regreso a la presencialidad de jueces, funcionarios y empleados judiciales".

En un comunicado, la entidad dijo que ahora "la Corte Suprema solicitó que 'tribunales nacionales y federales adopten las medidas apropiadas con la finalidad de asegurar la mejor prestación del servicio de justicia, manteniendo el principio de presencialidad en el ámbito de sus fueros y jurisdicciones'".

Añadió que "en respuesta a este reclamo, el máximo tribunal, por mayoría, comunicó a los tribunales nacionales y federales de todo el país la solicitud del Colegio".

"Esta acción tiene como objetivo garantizar la mejor prestación del servicio de justicia, manteniendo el principio de presencialidad en cada fuero y jurisdicción, de acuerdo con lo determinado en la Acordada mencionada", abundó el Colegio.

Sostuvo además que "la preocupación expresada por nuestra entidad radicó en la disparidad en la aplicación de la presencialidad en los distintos juzgados, lo que genera obstáculos significativos para el ejercicio de la abogacía, afectando tanto la atención al público en general como a los matriculados y las matriculadas".

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