El Gobierno distribuye gastos y recursos del Presupuesto Nacional 2023

La Jefatura de Gabinete dio a conocer la distribución de los gastos, recursos, fuentes de financiamiento y personal de la Administración Pública Nacional.
El Presupuesto determinó una autorización de gastos corrientes y de capital de $ 28.954.031.315.031. Foto: @JuanManzurOK

La Jefatura de Gabinete dio a conocer la distribución de los gastos, recursos, fuentes de financiamiento y plantas de personal de la Administración Pública Nacional (APN) en el marco del Presupuesto 2023.

La medida se concretó a través de la decisión administrativa 4/2023 publicada este martes en el Boletín Oficial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la ley de Presupuesto que, como es habitual, asigna al jefe de Gabinete la distribución de los créditos "como mínimo a nivel de las partidas limitativas" y en "las aperturas programáticas o categorías equivalentes que estime pertinentes".

El Presupuesto determinó una autorización de gastos corrientes y de capital de $ 28.954.031.315.031 y una estimación de recursos corrientes y de capital de $ 22.554.178.961.624, de lo que resulta un déficit financiero de $ 6.399.852.353.407.

En la distribución se contempla lo dispuesto en la decisión administrativa 1086/2022, que en su anexo especifica los cargos y horas cátedra del personal de todas las jurisdicciones de la APN.

En el artículo 3 se establece que las asignaciones destinadas a financiar gastos de capital y adelantos a proveedores y contratistas de la jurisdicción, entidades y empresas que operan bajo la órbita del Ministerio de Defensa integran el Fondef (Fondo Nacional de la Defensa).

Por otra parte, todas las jurisdicciones y entidades deberán remitir trimestralmente a la Secretaría de Hacienda "la información correspondiente a la evolución de sus plantas y contrataciones de personal de cualquier naturaleza, modalidad de implementación y cualquiera sea su fuente de financiamiento".

Asimismo, en oportunidad de elevar el requerimiento para la cobertura de cargos vacantes, las jurisdicciones "deberán certificar la existencia de la vacante que se propicia cubrir y su correspondiente financiamiento", se indicó en el artículo 5.

Del mismo modo, la incorporación, homologación, reasignación y derogación de cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Sistema Nacional de Empleo Público (Sinep) "serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros o por el Presidente de la Nación junto con la aprobación de la estructura organizativa de que se trate", con "la fundamentación correspondiente y un análisis de su costo y del financiamiento presupuestario".

En el artículo 7 se establece que el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y el Banco de la Nación Argentina (BNA) deberán ingresar a la Tesorería General de la Nación "el monto de las contribuciones dispuestas en 4 cuotas iguales con vencimiento el 31 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre y el 15 de diciembre de 2023".

También se limita la facultad de fijar modificaciones al Presupuesto mediante decisiones administrativas, exceptuando las que "impliquen un cambio en la distribución de las finalidades o los totales de los gastos corrientes, los gastos de capital y de las aplicaciones financieras".

Esas modificaciones "deberán ser notificadas fehacientemente a la Oficina Nacional de Presupuesto", dentro de los cinco días hábiles del dictado de los actos que las dispongan.

El artículo 15 establece que todos los remanentes de recursos del Ejercicio 2022, con excepción de aquellas que cuenten con una norma con jerarquía de ley que disponga otro destino, deberán ser ingresados a la Tesorería General de la Nación hasta el 30 de octubre de 2023, fecha que podría ser prorrogada por la Secretaría de Hacienda.

En los próximos 15 días, las Jurisdicciones y Entidades de la APN Nacional deberán presentar en forma obligatoria a la Oficina Nacional de Presupuesto la programación anual y trimestral de las mediciones físicas y producción bruta terminal de cada uno de los programas y del avance físico de las obras de los proyectos.

Sin perjuicio de ello, deberán informar "la ejecución mensual de las mediciones físicas que, por su relevancia, representatividad, relación con el gasto y/o valor informativo ameriten una mayor periodicidad en su presentación", precisó la decisión administrativa.

Fuente: Télam

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