La Cámara de Comercio presentó a Afip propuestas para las empresas
En medio de la cuarentena obligatoria por la pandemia de coronavirus, que obliga a algunos comercios a cerrar sus cajas, la CAC elevó siete iniciativas en materia impositiva.
A raíz de las dificultades económicas que viven las empresas en general y, en particular las pymes, debido a la imposibilidad de abrir sus cajas por las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) presentó a la Afip una serie de propuestas con la finalidad de atenuar el impacto en las empresas y contribuyentes en general, así como posibilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Entre las iniciativas se encuentra la de extender el plazo para el vencimiento de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales hasta el mismo día actualmente establecido del segundo mes posterior al levantamiento general de la cuarentena.
También, respecto al régimen de moratoria Ley 27541, que las obligaciones incluidas sean las que hayan tenido vencimiento hasta el 24/3/2020, que se incluya los anticipos entre las obligaciones susceptibles de ser regularizadas y admitir la adhesión con la condición de potencial PYME otorgada por la Afip, dándose a la adhesión el carácter de solicitud de inscripción en el registro de empresas PYME.
El resto de los pedidos también incluye:
- Mantener los beneficios PYME para empresas que por razones de fuerza mayor incurran en incumplimientos impositivos formales y /o materiales durante el plazo de la cuarentena.
- Régimen de facilidades de pago especial para empresas no pymes.
- Extender el plazo por lo menos hasta el 30/4/2020, de no extenderse la cuarentena obligatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo, tanto para ingresar fondos del exterior como para el ingreso del "Pago a Cuenta establecido por la R.G.(AFIP) N° 4673.
- Presentaciones Digitales – RG 4685 - Necesidad de incluir dentro de su alcance los trámites referidos a la Solicitud de Transferencia. Aplicación de importes transferidos. RG 2000/06 art. 31.
- Otorgar al contribuyente que registre saldos a favor impositivos nacionales o previsionales, e impulsar medidas similares para los niveles provinciales y municipales o previsionales, la posibilidad de su cómputo contra otros impuestos o recursos y suspender la aplicación de regímenes de retención y percepción impositivos Nacionales, o, al menos, atenuación de alícuotas.
Las medidas fueron aceptadas por la Cámara de Comercio de Córdoba (CCC), que adhiere al pedido y aboga para que el Gobierno continúe acompañando a los diferentes sectores de la economía nacional en pos de que el impacto negativo que deban afrontar sea el menor posible.
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