País17/03/2020

Tierra del Fuego, primera provincia en decretar cuarentena obligatoria

El gobernador de dicha provincia, Gustavo Melella, suspendió todas las actividades y limitó al máximo las salidas de los habitantes de sus viviendas.
La norma solo permite a sus habitante salir para comprar alimentos, medicamentos o en casos excepcionales. Foto: gentileza.

Tierra del Fuego es la primera provincia argentina en cuarentena total para intentar frenar la pandemia de coronavirus. Así lo determinó el gobernador Gustavo Melella ante la aparición de los primeros casos positivos y algunas críticas por presuntas falta de controles en el ingreso de turistas.

El mandatario fueguino decretó la suspensión hasta el 31 de marzo de toda actividad pública y privada, industrial, comercial, recreativa y deportiva. Además, la norma prohíbe a los habitantes salir de sus viviendas salvo para comprar alimentos y medicamentos, o para otros fines excepcionales.

"Vivimos momentos muy duros ante una enfermedad que va creciendo y que va golpeando nuestras vidas. Necesitamos ganarle y la única manera de hacerlo es deteniéndonos y quedándonos en nuestros hogares. Son medidas que parecen fuertes pero que nos van a cuidar mucho más a todos, comunitariamente e individualmente", aseguró Melella.

El gobernador dijo que la medida se decidió junto a un comité de expertos, a los intendentes de las tres ciudades de la provincia y a distintos sectores de la sociedad. 

El primer artículo del protocolo firmado por Melella prohíbe salir de sus domicilios a "niños, niñas, adolescentes y grupos de riesgo", y estipula que cada familia deberá designar un adulto responsable "para realizar la compra de productos alimenticios, medicinas y de primera necesidad".

Además, el artículo 7 establece que únicamente podrán circular por la vía pública las personas que vayan a adquirir "alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad", o que acudan a "centros sanitarios, con las restricciones que informará el Ministerio de Salud de la provincia".

También podrán desplazarse por las calles quienes vayan a trabajar, "siempre que la tarea no pueda ser realizada en el domicilio", o acudan a asistir a menores, adultos mayores, personas con discapacidad o vulnerables al virus.

Otra excepción será para quienes concurran a "entidades financieras por causas de fuerza mayor o necesidad", o se dirijan "a puertos, aeropuertos y otros centros de transporte, y asistencia esenciales".

El resto de la población que sea sorprendido en la calle sin justificación enfrentará una causa penal, según las disposiciones "de los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación", menciona el decreto.

Por otra parte, la medida suspende la realización de "toda actividad turística", incluyendo museos y excursiones, y especifica que los bares, restaurantes, y "todo otro local comercial de elaboración y/o venta de comidas con permanencia o sin permanencia de ingesta de alimentos en el local, solo podrán mantener abiertos sus comercios para la preparación y venta de alimentos bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia en el mismo".

Los restaurantes habilitados dentro de todo tipo de alojamiento, solo podrán brindar el servicio a los pasajeros hospedados con la modalidad de servicio a la habitación.

En tanto, los supermercados y comercios de venta de alimentos deberán establecer horarios especiales para la atención de los grupos de riesgo, y reducir en un cincuenta por ciento la capacidad habilitada de personas dentro del local.

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