País03/07/2019

Declaran emergencia agropecuaria en Córdoba y otras dos provincias

La Secretaría de Agroindustria publicó tres resoluciones que alcanzan a productores afectados por inundaciones por lluvias extraordinarias y crecida de ríos.
La emergencia es por inundaciones tras lluvias extraordinarias y crecida de ríos. Foto: archivo (NA).

El Gobierno nacional declaró este miércoles la emergencia y el desastre agropecuario en las provincias de Córdoba, Chaco y Formosa, a través de las resoluciones 309, 310 y 311/2019 de la Secretaría de Agroindustria, publicadas hoy en el Boletín Oficial.

En Córdoba se fijó a partir del 1 de mayo último y hasta el 31 de diciembre próximo, a las explotaciones agropecuarias agrícolas, ganaderas, tamberas, apícolas y frutihortícolas, afectadas por el fenómeno de anegamiento por lluvias extraordinarias durante el ciclo productivo 2018/2019.

En Chaco se declaró en todo el territorio provincial por un plazo de 365 días a partir del 15 de enero de 2019, para las explotaciones agropecuarias que hayan sido afectadas por excesos hídricos.

En Formosa se estableció desde el 1 de enero de este año y hasta el 31 de julio de 2020 para los sectores ganadero y apícolas, afectados por inundación como consecuencia de la crecida y desborde del Río Pilcomayo, Bañado La Estrella, riachos y sus zonas de influencia.

De esta forma, según la ley vigente para estos casos, además de asistencia financiera especial para productores damnificados, la Afip adoptará medidas impositivas especiales, como las prórrogas en los pagos de los impuestos para aquellos productores que tengan comprometidas sus fuentes de rentas, siempre que la explotación agropecuaria constituya su principal actividad.

Así, establecieron el 31 de julio de 2020 como la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones ganaderas afectadas y el 31 de diciembre de 2019 como la finalización del ciclo productivo para las explotaciones agrícolas y apícolas afectadas de las áreas declaradas en esta resolución.

En este sentido, para poder acceder a los beneficios que les propone el Gobierno teniendo en cuenta la imposibilidad de producir, los trabajadores afectados deberán presentar un certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

Fuente: Télam

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